Imagen del folleto del 'Taller 1: Cóctel Molotov' en Granollers

Imagen del folleto del 'Taller 1: Cóctel Molotov' en GranollersRedes

Tribunales

La Audiencia de Barcelona reabre el caso del taller infantil que enseñaba a preparar cócteles molotov

Consideran que no se puede considerar amparado por el 'animus iocandi'

Hace un año, saltó a los titulares la noticia de que en la fiesta mayor de Granollers (Barcelona) se había organizado un taller infantil que enseñaba a preparar cócteles molotov de papel e instaba a arrojarlos contra figuras que representaban a policías, así como otra actividad que proponía formar barricadas con contenedores de basura. La Fiscalía de Menores abrió un expediente en agosto de 2024.

Los organizadores de la actividad, la colla dels Blaus, se disculparon en redes, asegurando que lamentaban la «interpretación» de la actividad. «En ningún caso se ha querido ofender a los cuerpos de seguridad ni incentivar la violencia. Se trataba de un acto lúdico en el marco de la fiesta», decían. Por su parte, tanto el PP como Vox exigieron la dimisión de la alcaldesa, Alba Barnusell.

El Ayuntamiento de Granollers dio a conocer un comunicado expresando su «apoyo» a los cuerpos de seguridad y manifestando su «rechazo» ante el contenido del acto. «La corporación desconocía el contenido de dicho acto y quiere transmitir que defiende firmemente los valores de la paz y la convivencia», añadían.

Reabren el caso

Parecía que el tema había quedado archivado, pero no es así. La Audiencia Provincial de Barcelona ha determinado que existen indicios suficientes para investigar penalmente dicho taller organizado por los Blaus de Granollers, estimando íntegramente el recurso del Ministerio Fiscal y ha revocado la decisión del Juzgado de Instrucción número 3 de Granollers, que había archivado la denuncia presentada por el equipo jurídico de VOX.

Esta resolución de la Audiencia, según ha podido saber El Debate, está firmada por los magistrados José Manuel del Amo Sánchez, Javier Lanzos Sanz y la ponente Laura Gómez Lavado. Estos magistrados consideran que los hechos pueden ser constitutivos de los delitos de injurias a fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y de provocación a desórdenes públicos.

La Audiencia Provincial rechaza que el taller pueda considerarse bajo el amparo del animus iocandi; esto es, con la intención de bromear o con ánimo de jugar. Para los magistrados, «el Código Penal consideró oportuna la protección reforzada de algunas de las instituciones clave para el funcionamiento del sistema democrático», incluyendo específicamente a «los Ejércitos, Clases o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad frente a las injurias o amenazas graves».

Los magistrados han subrayado que las críticas a las fuerzas de seguridad están amparadas por la libertad de expresión, pero establecen límites claros. Consideran que «no resulta admisible que, en el seno de una actividad pública y financiada con dinero público, a priori, se fomente la violencia explícita contra nadie».

El ayuntamiento

Lo que consideran grave los magistrados es que el taller estuvo aprobado por el Pleno del Ayuntamiento, con lo cual el consistorio era conocedor de lo que ocurriría y cuál era la función de ese taller. En segundo lugar, que el los Blaus de Granollers, con ese taller, pretendían enseñar a todo el público, tanto adultos como menores, a fabricar cócteles molotov. Y finalmente, que ese taller no dejaba de ser un acto de preparación para futuras guerrillas urbanas y no un juego sin ningún tipo de repercusión.

La resolución ordena al Juzgado de Instrucción que incoe el correspondiente procedimiento penal y practique las diligencias de instrucción propuestas por el Ministerio Fiscal. Por eso la investigación deberá determinar si las actividades constituyen efectivamente los delitos investigados o si, por el contrario, quedan amparadas por la libertad de expresión.

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