Un operador de TV toma imágenes en la escuela Turó del Drac de Canet de Mar (Barcelona)EFE

Tribunales

Condenado el segundo acosador de la familia de Canet que consiguió más clases en español para su hija

«Lo siento por el niño, pero le deberían hacer bullying hasta que se largue», escribió en redes sociales el condenado

La Audiencia de Barcelona ha condenado a 15 meses de prisión a un tuitero que animó a a través de las redes sociales a acosar a una niña de cinco años, alumna del colegio Turó del Drac de Canet de Mar (Barcelona), cuyos padres habían acudido a los tribunales para exigir que se impartiese el 25% de las clases en español.

Es la segunda sentencia emitida por este caso, que estalló en diciembre de 2021, con ERC al frente de la Generalitat de Cataluña. La familia logró el 25% de castellano tras un proceso judicial que acabó con la justicia decretando que en la clase de P5 en la que estudiaba la menor se tenía que impartir una asignatura más en español que la de lengua. Fue entonces cuando empezó la campaña de acoso y señalamiento a la niña y a sus padres.

En el caso de la sentencia hecha pública este jueves, recogida por Europa Press, la sección octava de la Audiencia de Barcelona señala que la resolución judicial a favor de los padres generó «un movimiento de respuesta hostil» en Twitter, ya que de forma simultánea y desde distintos puntos de Cataluña varias personas publicaron en sus cuentas expresiones humillantes e hirientes contra la familia.

«Bullying hasta que se largue»

En algunas de ellas, se hacían llamamientos al aislamiento de la menor respecto al resto de sus compañeros de colegio y, por tanto, a «su exclusión social por el hecho de ejercitar su derecho a usar la lengua castellana» en los términos establecidos por los tribunales. Entre esas cuentas está la del tuitero condenado ahora, que manifestó: «Lo siento por el niño, pero deberían hacerle 'bullying' hasta que se largue».

El comentario fue suscrito por otros usuarios, que sugirieron hacerle el vacío, dejar de invitarlo a fiestas de cumpleaños, apedrear la casa o exponer la identidad y dirección de la familia. La Audiencia de Barcelona sostiene que, con esta publicación, el tuitero perseguía el «dolor» que para la familia implicaba el llamamiento al aislamiento social de la menor, a través del hostigamiento de sus compañeros, con el fin de denigrarla y vejarla.

Además, al difundir su mensaje «masiva e indiscriminadamente» desde un perfil público y accesible para cualquier usuario, lo dotó de una proyección social suficiente como para que la familia tuviese conocimiento del mismo. Añade que, cuando se elaboró el informe pericial sobre el perfil de Twitter, el acusado no había borrado la publicación ni consta que hubiese expresado sus disculpas ni manifestado su arrepentimiento.

Por todo ello, lo condena como autor de tres delitos en concurso ideal contra la integridad moral a la pena de 15 meses de prisión, así como a indemnizar con 3.000 euros a cada uno de los progenitores y con 1.000 a la menor por los daños morales causados.

Es la segunda sentencia por este caso, después de que en octubre de 2025 se condenase a dos años de prisión a otro de los tres hombres juzgados por acosar a través de redes sociales a la familia de Canet de Mar. Aquella sentencia también preveía que el condenado pagase una multa de 1.980 euros y una indemnización de otros 7.500 por sus publicaciones en Twitter.