Imagen de una campa de vehículos afectados por la danaEP

La jueza de la dana considera que el último informe presentado por la Guardia Civil es «erróneo», «incompleto» y «no se corresponde con lo acordado» por el juzgado

La instructora rechaza de nuevo citar como imputado al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar

La magistrada que instruye la causa penal por las muertes y daños provocados por la dana del 29 de octubre de 2024 ha vuelto a rechazar la petición de la acusación popular de citar como investigado al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ). En un auto fechado este lunes y al que ha tenido acceso El Debate, la juez desautoriza con dureza el informe elaborado por la Guardia Civil, al que califica de «erróneo», «incompleto» y «ajeno a lo acordado» por el juzgado.

No es la primera vez que la instructora se pronuncia en este sentido. La solicitud de citar al presidente de la CHJ ya fue descartada en resoluciones previas, y también por la Audiencia Provincial de Valencia, que en junio rechazó que existieran indicios de delito atribuibles a este responsable. En esta ocasión, la petición partía de la asociación Liberum, que ejerce la acusación popular y representa a una de las víctimas.

Imagen de archivo del presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel PoloCHJ

El nuevo informe policial que motiva la solicitud debía limitarse a una cronología de los desbordamientos de ríos, barrancos y presas, y su posible vinculación con los fallecimientos. Sin embargo, según la instructora, el documento excede ese encargo e introduce valoraciones sobre fallos, responsabilidades y negligencias que no corresponden a la Policía Judicial. En el auto se recuerda que el análisis de la posición de garante y de posibles omisiones dolosas es competencia exclusiva del órgano judicial.

La juez afirma además que el informe está incompleto: omite declaraciones de técnicos, testigos, familiares de víctimas, peritos y expertos, así como elementos ya aportados por otras administraciones. Entre los vacíos más relevantes, menciona la ausencia de cualquier referencia al seguimiento informativo de los medios de comunicación durante la jornada de la tragedia, pese a que, según destaca, televisiones como À Punt ofrecieron imágenes en directo de los desbordamientos, lo que contribuyó a la conciencia pública del riesgo.

También reprocha que el informe recupere teorías ya descartadas por el juzgado y por la Audiencia Provincial, como la del supuesto «apagón informativo». En concreto, la instructora recuerda que el sistema automatizado de alertas hidrológicas (SAIH) funcionó con normalidad el 29 de octubre, que hubo constantes comunicaciones a las autoridades a través de correo y teléfono, y que las previsiones meteorológicas fueron difundidas con antelación tanto por Aemet como por Protección Civil.

«Netamente beneficioso»

Uno de los aspectos que analiza con más detalle el auto es la actuación de la presa de Forata. Frente a las insinuaciones recogidas en el informe policial, la magistrada reitera que la presa actuó correctamente, que no vertió por coronación, que sus compuertas estaban abiertas desde el inicio, como marca el protocolo tras el caso Tous, y que su efecto fue «netamente beneficioso», al laminar y retrasar el pico de caudal. Así lo sostienen también varios peritos que ya han declarado en la causa.

Respecto al barranco del Poyo, uno de los puntos críticos durante la dana, el auto aclara que su vigilancia no era responsabilidad exclusiva de la CHJ, sino también de los ayuntamientos, los servicios de emergencia autonómicos y los dispositivos desplegados en el territorio. De hecho, la juez subraya que fueron los responsables de la Generalitat quienes ordenaron el despliegue, y posterior retirada, de los bomberos forestales en las zonas de riesgo. Una decisión que, a juicio de la instructora, fue determinante en la evolución de los acontecimientos.

La resolución judicial, que puede ser recurrida en reforma o apelación, solo admite algunas testificales ya acordadas previamente. En lo esencial, mantiene que las líneas de investigación abiertas son suficientes, y que no procede iniciar una nueva contra el presidente de la CHJ, al no apreciarse indicios nuevos ni relevantes que justifiquen su imputación.