Edificio de los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Alicante, en una imagen de archivo
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16/1/2

Edificio de los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Alicante, en una imagen de archivoGoogle Maps

Un tribunal señala a un abogado por inventar citas del Supremo y alerta sobre el uso de la inteligencia artificial

La Audiencia Provincial de Alicante remite una resolución al Colegio de Abogados tras detectar párrafos inexistentes en un recurso de apelación elaborado con apoyo tecnológico

La inteligencia artificial se ha abierto paso en los despachos jurídicos como una herramienta más de trabajo. Pero su uso sin una verificación exhaustiva puede tener consecuencias serias. Así lo advierte la Audiencia Provincial de Alicante en una reciente sentencia en la que reprocha a un abogado haber atribuido al Tribunal Supremo citas que nunca existieron y plantea la posibilidad de una sanción disciplinaria por vulnerar la buena fe procesal.

El episodio se produjo en el marco de un concurso de acreedores tramitado en la provincia de Alicante. Una empresa solicitaba la exoneración de sus deudas al amparo de la Ley de Segunda Oportunidad, con especial interés en liberarse de un pasivo superior a los 100.000 euros con la Seguridad Social. Un juzgado de lo Mercantil rechazó esa pretensión y la defensa recurrió la decisión ante la Audiencia alegando que contravenía una doctrina consolidada del Tribunal Supremo.

Para sostener su argumentación, el recurso citaba una sentencia real del Alto Tribunal, dictada en marzo de 2025, y reproducía varios párrafos entrecomillados que supuestamente avalaban la posibilidad de exonerar ese tipo de deudas públicas. El problema, según comprobó la Sección Octava de la Audiencia, es que esas frases no aparecen en ningún punto de la resolución invocada.

Los magistrados revisaron el texto original del Supremo y constataron que la sentencia se limita a interpretar el Texto Refundido de la Ley Concursal en su redacción inicial, sin fijar la doctrina que el abogado decía extraer de ella. En su resolución, el tribunal no se limita a corregir el error, sino que cuestiona abiertamente su origen.

La Audiencia plantea dos escenarios: que el recurso sea resultado de «alucinaciones de la inteligencia artificial» o que exista una voluntad deliberada de inducir a error al tribunal. En ambos casos, subraya, la conducta supera ampliamente los límites del respeto a las reglas de la buena fe que deben regir la actuación de quienes intervienen en un proceso judicial.

Ante la gravedad de lo ocurrido, los magistrados acordaron remitir testimonio de la sentencia al Colegio de la Abogacía de Alicante para que valore si procede iniciar actuaciones disciplinarias. La decisión se apoya en el artículo 247 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que prevé sanciones cuando las actuaciones procesales no se ajustan a la buena fe, incluidas multas económicas que pueden alcanzar varios miles de euros.

El fondo del caso

Aunque el foco mediático se ha situado en la supuesta invención de jurisprudencia, el tribunal también resolvió sobre el fondo del asunto concursal. La Audiencia estimó parcialmente el recurso del empresario y le permitió acogerse a un plan de pagos y a la exoneración parcial de algunos créditos. En el caso de la Seguridad Social, la deuda podrá cancelarse hasta un máximo de 10.000 euros, con una exoneración total de los primeros 5.000 y del 50 % del resto hasta ese límite.

La sentencia recuerda, no obstante, que los créditos públicos cumplen una función esencial para el sostenimiento del sistema de protección social y merecen una tutela reforzada por su interés general. Por esa razón, la exoneración no puede ser automática ni indiscriminada.

El tribunal decidió no imponer las costas del recurso al letrado, al apreciar la existencia de dudas jurídicas y la falta de criterios plenamente consolidados en una materia relativamente reciente. Aun así, el mensaje de fondo es claro: la tecnología no exime de responsabilidad profesional.

Precedente similar

No es un caso aislado. En 2024, el Tribunal Constitucional ya sancionó a otro abogado por incorporar a una demanda citas literales de sentencias inexistentes, un episodio que también acabó en el colegio profesional correspondiente. Ambos precedentes reflejan una preocupación creciente en los órganos judiciales: la necesidad de que el uso de la inteligencia artificial en el Derecho vaya acompañado de un control humano riguroso.

La Audiencia de Alicante lo deja implícito en su resolución. La IA puede asistir, pero no sustituir la obligación básica del abogado de comprobar las fuentes que presenta ante un tribunal.

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