Imagen del mosaico floral situado en la plaza del Ayuntamiento de Castellón donde aparece el topónimo en valenciano y castellano

Imagen del mosaico floral situado en la plaza del Ayuntamiento de Castellón donde aparece el topónimo en valenciano y castellanoEl Debate

La Justicia respalda el topónimo bilingüe de Castellón de la Plana y desestima los recursos de PSOE y Compromís

El TSJCV da la razón al Consell y avala de forma definitiva el nombre de la ciudad tanto en la versión en valenciano como en castellano

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha respaldado de forma definitiva la legalidad del doble topónimo oficial, en castellano y valenciano, para la ciudad de Castellón de la Plana.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dictado dos sentencias en las que desestima los recursos interpuestos por la Plataforma per la Llengua y por la concejal y portavoz del grupo municipal socialista en el ayuntamiento castellonense.

Con este pronunciamiento, el alto tribunal autonómico cierra el paso a las pretensiones de la oposición de anular el decreto del Consell, aprobado el 17 de diciembre de 2024, que oficializó la denominación bilingüe impulsada por el actual equipo de gobierno local de PP y Vox.

El alto tribunal valenciano considera que ni los acuerdos municipales previos ni el posterior decreto del Consell incurren en arbitrariedad. Al contrario, sostiene que se trata de una manifestación legítima de la discrecionalidad administrativa, ejercida dentro de los márgenes legales establecidos y sin vulnerar la normativa lingüística autonómica ni los requisitos procedimentales exigidos.

La resolución tiene además un importante valor de continuidad jurisprudencial, ya que el TSJCV se remite expresamente a una sentencia dictada por la misma sección en 2022, cuando avaló el decreto de 2019 que fijaba la denominación oficial exclusivamente en valenciano.

En aquel fallo, los magistrados ya establecieron que la Administración municipal podía promover cualquiera de las dos fórmulas previstas legalmente: una denominación únicamente en la lengua cooficial correspondiente al territorio de predominio lingüístico o una forma bilingüe en valenciano y castellano.

Esa doctrina es precisamente la que ahora sirve para respaldar el cambio impulsado por el actual gobierno municipal y posteriormente refrendado por la Generalitat.

El TSJCV recuerda que la legislación autonómica permite ambas opciones y que corresponde al Ayuntamiento iniciar el procedimiento y al Consell adoptar la decisión definitiva. En consecuencia, concluye que la fórmula «Castelló de la Plana/Castellón de la Plana» resulta plenamente ajustada a derecho.

El cambio de denominación fue aprobado inicialmente por el pleno del Ayuntamiento de Castellón de la Plana el 30 de mayo de 2024, en medio de un intenso debate político y lingüístico. Posteriormente, el Consell lo ratificó mediante el decreto 187/2024 del 17 de diciembre. Desde entonces, tanto entidades en defensa del valenciano como partidos de la oposición habían cuestionado la legalidad del procedimiento y defendido el mantenimiento de la forma exclusiva en valenciano.

Meses de batalla legal

La decisión judicial llega después de meses de controversia institucional y política en torno a la toponimia oficial de la ciudad. Cuando los recursos todavía estaban pendientes de resolución, distintas voces advertían de que el pronunciamiento del TSJCV podía convertirse en un precedente relevante para otros municipios valencianos inmersos en debates similares sobre la denominación oficial y el uso de las lenguas cooficiales.

En ese contexto, la oposición municipal y entidades como Plataforma per la Llengua defendían que la reversión al bilingüismo suponía un retroceso en la normalización lingüística, mientras que el gobierno local sostenía que la nueva fórmula respondía a una realidad social y cultural bilingüe ampliamente asentada en la ciudad.

Las dos sentencias, notificadas este jueves a las partes, todavía no son firmes y pueden ser recurridas en casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Entretanto, la denominación bilingüe aprobada por el Consell mantiene plena validez jurídica.

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