Imagen de archivo de los Juzgados de Catarroja, Valencia
La jueza de la dana, a dos de los manifestantes por su instrucción: «Las peticiones no se hacen con micrófono, altavoces o pancartas»
Nuria Ruiz Tobarra insta a que «cualquier petición» la hagan «a través de su representación, mediante el sistema Lexnet» y no como el pasado viernes frente al Juzgado
La protesta con unas pancartas, micrófonos y altavoces del pasado viernes frente al Juzgado Número 3 de Catarroja,en el que se investiga la causa penal por la gestión política de la dana de Valencia del 29 de octubre de 2024, derivó en que la instructora, Nuria Ruiz Tobarra, ya el lunes, optara de manera sorpresiva por suspender una declaración testifical que estaba en agenda por, en su opinión, no estaba garantizada su «seguridad».
Con la actividad de vuelta a la normalidad, la magistrada ha redactado este miércoles una providencia. En ella, advierte a dos perjudicados personados en la causa y que el pasado 29 de mayo se concentraron ante la sede judicial mientras se llevaba a cabo una declaración que la petición de pruebas se hace a través de su representación legal y no con altavoces ni pancartas a las puertas del juzgado.
Además, comunica a los dos perjudicados, a través de sus representaciones legales, que al estar personados en el procedimiento como acusación particular, «cualquier petición de prueba, incluyendo las peticiones de declaración como investigado, deben hacerse a través de su representación, mediante el sistema Lexnet, y no con un micrófono conectado a dos altavoces a las puertas del Tribunal de Instancia de Catarroja, o mediante la utilización de pancartas o carteles ante el Tribunal».
En el primer caso, traslada que, dado que no se ha aportado en este procedimiento por su representación procesal las «múltiples pruebas» que ese día 29 de mayo, «de viva voz, con el micrófono conectado, y a las puertas del Tribunal de Instancia de Catarroja, (de forma que se escuchaba en el interior del edificio), dicha perjudicada dijo haber aportado a esta causa y haber sido rechazadas por esta juez», no existe resolución al respecto.
La instructora hace referencia, en concreto, a las peticiones que esa perjudicada lanzó ese día en las puertas del juzgado relativas a «grabaciones hechas al enterrador de Torrent, así como a los enterradores de otros cementerios como Catarroja, Picanya y Paiporta; pruebas relativas a alteraciones de las lápidas; pruebas referentes a grabaciones de llamadas con empleados de funerarias» y «pruebas relativas a listados de fallecidos distintos del oficial».
«Ritos satánicos»
Asimismo, pide que se le comunique, igualmente a través de su representación letrada, que su disconformidad con las resoluciones dictadas en el procedimiento «se puede hacer valer a través del régimen de recursos, dado que está personada como acusación particular». En este caso, la perjudicada fue expulsada inicialmente por la jueza del procedimiento aunque la Sección Segunda de la Audiencia de Valencia ordenó readmitirla. Ruiz Tobarra la expulsó al considerar que, a través de su representación, incurría en «fraude procesal» y ejercía en defensa del exsecretario autonómico investigado, Emilio Argüeso, y por relacionar las riadas con «ritos satánicos» además de hacerse eco de «bulos» como el de la existencia de fallecidos en un parking.
Al respecto, la Sala entendió, a tenor del artículo 11.2 de la LOPJ, que la formulación de una pretensión «con abuso de derecho no significa necesariamente la expulsión del proceso de la parte acusadora particular, sino el rechazo de esa pretensión».
Respecto al segundo perjudicado, igualmente pide que se le comunique, a través de su representación, el abogado Rubén Gisbert, que las peticiones de pruebas «deben hacerse, no personalmente por el perjudicado y de viva voz con el micrófono conectado a los altavoces a las puertas del Tribunal de Instancia de Catarroja, sino a través de su representación procesal por el sistema Lexnet» y le comunica que «no consta petición alguna de su representación para que declare como investigado ningún alcalde».
Finalmente, Gisbert ha presentado recusaciones contra la jueza, que ha desestimado la Audiencia Provincial, y también presentó una querella contra ella, que archivó el TSJCV.
El TSJCV acuerda adoptar medidas
En relación a lo anterior, el Pleno de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha acordado este miércoles canalizar a través del presidente del Tribunal de Instancia (TI) de Catarroja la solicitud de las medidas de seguridad necesarias para el normal desarrollo de la instrucción de la causa por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024.
El órgano de gobierno de los jueces y magistrados valencianos ha dictado este acuerdo tras recibir un escrito de de Ruiz Tobarra, en el que solicitaba la adopción de medidas de seguridad tras la celebración de la citada concentración de protesta a las puertas de la sede judicial el pasado viernes.
Solicitud a la Delegación del Gobierno
La Sala de Gobierno entiende que las circunstancias puestas de manifiesto en ese escrito por la instructora «pueden afectar tanto al adecuado ejercicio de la función jurisdiccional, como a aspectos relacionados con la seguridad del edificio judicial y de las personas que prestan servicio en el mismo», lo que exige «una actuación coordinada y una adecuada interlocución con las administraciones competentes para su pronta solución».
El Pleno se remite a un acuerdo anterior adoptado por la propia Sala el pasado 23 de julio, con motivo del regreso de todos los órganos judiciales de Catarroja, incluido el que tramita la causa de la dana, a su propia sede, tras su rehabilitación.
En dicho acuerdo, en cuanto a las medidas de seguridad, se estableció que la presidencia del Tribunal de Instancia, en el ámbito de sus competencias gubernativas, deba solicitar a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana que provea «los efectivos policiales necesarios para garantizar la seguridad del edificio y el orden público».