Imagen de un festejo de bous al carrer

Imagen de un festejo de bous al carrerEP

Las peñas de «bous al carrer» recurrirán ante la Justicia el reglamento aprobado por la Generalitat

Los aficionados denuncian que no se ha incorporado ninguna de las trece enmiendas que propusieron a la norma

La Federación de Peñas Taurinas de Bou al Carrer de la Comunidad Valenciana , la asociación en defensa de las tradiciones, la unión de emboladores y la federación de toro en cuerda, recurrirán judicialmente contra el reglamento de bous al carrer de la Generalitat tras «la no inclusión de las 13 enmiendas que habían reivindicado los aficionados».

Según el presidente de la Federación, Germán Zaragoza, «no se ha modificado ni uno solo de los 13 puntos que habían propuesto. Ningún partido, ni PP ni Vox han presentado como enmienda a la ley de acompañamiento de los presupuestos, tras vencer el plazo».

«Por tanto, es una salida adelante. Vamos a presentar un recurso judicial contra el nuevo reglamento», ha indicado Zaragoza, recordando que así se había consensuado en la reunión que tuvo lugar el 5 de julio en la Casa de la Cultura de Rafelbunyol y a la que también acudió el director general de Cultura, Ignacio Prieto.

Zaragoza señaló que Prieto se prestó como voluntario para mediar y solucionarlo, pero a la vista está que no han presentado las alegaciones. «Que digan que defienden la fiesta cuando después no es así...», ha remachado.

De las 13 enmiendas que solicitaban, la más importante es, según señala, que se derogue la necesidad de que haya una declaración responsable de los ayuntamientos, pues, explica, carecen de competencias legales para prohibir un festejo taurino y, sin embargo, dándoles esa potestad un ayuntamiento puede vetar festejos simplemente por ser antitaurino. Otro de los caballos de batalla es que los aficionados solicitan la derogación de todo el artículo completo que hace referencia al personal veterinario. «Se dan competencias a los veterinarios cuando ya se ganó un juicio en el 2004. Entendemos que haya libertad de contratación, si una peña o ayuntamiento quiere contratarlo, que lo haga, pero las funciones las debe decidir la persona que lo contrate, no la Generalitat. Por ejemplo, si quiere contratarlo para hacer las guías de traslado de los toros al matadero y no para el resto de cosas», ha apuntado.

Imagen de la reunión de las peñas celebrada en Rafelbunyol

Imagen de la reunión de las peñas celebrada en RafelbunyolEl Debate

Asimismo, también solicitaban la inclusión del festejo de formación para menores de 16 años, como está arraigado en Cataluña, Aragón, Andalucía, Navarra y País Vasco. «El mismo reglamento sí permite a partir de 14 años y hasta 16 que podrán hacerse clases prácticas de muleta y capote; resulta un agravio comparativo respecto a los bous al carrer y es ilegal», ha argumentado. Además, criticaban que no se permitan poner divisas con arpón cuando en corridas y novilladas sí se autoriza.

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