Imagen de archivo de dos jubilados en un parque.Europa Press

Un jubilado se queda sin 250 euros más de pensión al mes porque volvió a trabajar tras un despido objetivo

La Justicia se muestra taxativa con la situación del denunciante y la normativa de la Seguridad Social

Un jubilado valenciano ha protagonizado una larga batalla judicial contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por cobrar 250 euros más al mes de su pensión. Tanto el Juzgado de Valencia como ahora el Tribunal Superior de Justicia regional (TSJCV) ha desestimado su pretensión y dejándole con la cuantía correspondiente por haberse jubilado de forma anticipada tras un despido objetivo.

Según queda probado, tanto en la sentencia inicial del 18 de junio de 2025 como en la resolución del TSJCV con fecha del 30 de junio de 2026, este hombre trabajó entre 1995 y 2006 en una misma empresa, la cual decidió despedirlo de forma objetiva. Hasta ahí todo legal.

Posteriormente encadenó otros tres trabajos en los que cotizó un total de 626 días, sin que conste en ninguno de ellos que su salida de ajustara, de nuevo, a un despido objetivo.

Fue tras la salida de esta última mercantil cuando el 16 de diciembre de 2022, y con 62 años y 10 meses, pide ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social la jubilación anticipada. El ente estatal aprueba la petición aplicándole una base reguladora de 939,44 euros y un porcentaje del 82 %, lo que le dejaba una pensión de jubilación mensual de 770,34 euros.

Pero este jubilado valenciano estimó que merecía mayor cuantía mensual de pensión, por lo que procedió a iniciar una batalla judicial contra el INSS. La discrepancia salarial fue sentenciada por el Juzgado de lo Social nº10 de Valencia, quien el 18 de junio de 2025 dio la razón a la Seguridad Social por el cálculo de la cuantía. El hombre elevó un recurso de suplicación ante el TSJCV.

Hace escasas semanas el varón, que actualmente tiene 66 años, ha recibido un auténtico varapalo por parte del Alto Tribunal regional, quien ha avalado la sentencia previa.

Según el documento judicial al que ha tenido acceso El Debate, el jubilado se queda sin el incremento de pensión solicitado.

Él reclamaba que se le aplicara una base reguladora de 1.176,14 euros por sus cotizaciones derivadas hasta el despido objetivo de 2006, cuando sí cumplía con los requisitos para haber optado a la jubilación anticipada. A dicha cifra se le aplicaba un porcentaje del 87 % para resultar una pensión mensual de 1.023,24 euros.

Pero este hombre tardó 14 años en pedir la jubilación anticipada y encadenó tres trabajos, sin que en ninguno de ellos cumpliera un punto esencial para que le se hubiera aplicado el cálculo solicitado: en ninguna de las tres empresas fue despedido por cuestiones objetivas.

Es por ello que el TSJCV se muestra inflexible con la jurisprudencia al respecto del Tribunal Supremo y procede a rechazar la pretensión de acogerse, con fecha de 2022, a unas condiciones económicas más beneficiosas generadas hasta 2006, por eso el jubilado valenciano se queda con una pensión de 770 euros y no con la que pedía de 1.023 euros mensuales.