Imagen de archivo de una mujer mayor paseando por la calle.

Imagen de archivo de una mujer mayor paseando por la calle.Europa Press

El SEPE rechaza el subsidio para mayores de 52 años a una mujer tras cobrar dos ayudas por desempleo

La señora argumentaba que cumplía los requisitos de cotización mínima exigida pero una sentencia echó por tierra sus justificaciones

Sentencia llamativa y recurso muy minucioso el que se ha dado en Alicante. Una mujer se queda sin cobrar el subsidio para mayores de 52 años pese a que cuando lo solicitó superaba con creces el periodo de cotización exigido. Tanto el juez de la plaza nº1 de lo Social de Alicante como ahora el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) coinciden en los motivos para que la señora no ingrese la ayuda pública. De haber recibido esta última ayuda, hubiera encadenado tres prestaciones públicas consecutivas.

El TSJCV ha emitido con fecha 9 de junio de 2026 una sentencia por el recurso de suplicación elevado por una mujer alicantina ante una sentencia desfavorable para sus intereses. Ella solicitó cobrar el subsidio para mayores de 52 años demostrando que contaba con casi un año de más de la cotización mínima exigida, pero el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se lo denegó inicialmente acogiéndose a un informe del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Además de las claves del caso, lo que subyace es que la denunciante intentó cobrar tres prestaciones públicas consecutivas y que entre la finalización de la primera y la solicitud de la tercera también aumentó su periodo de cotización.

El inicio que apunta el caso es el 4 de septiembre de 2021, cuando la denunciando agota la prestación contributiva por desempleo. Tras dejar de ingresar esta ayuda pública, pasa a percibir un subsidio por agotamiento de la prestación contributiva con responsabilidades familiares, pero a finales de 2022 incumple dos requisitos para cobrar dicha ayuda: su hija ya supera los 26 años y su cónyuge supera el límite de ingresos.

Es en abril de 2023 cuando el SEPE procede a suspender esta segunda ayuda consecutiva que percibe y medio año después solicita formalmente pasar a cobrar el subsidio para mayores de 52 años. Su petición se basaba en que en ese momento superaba con creces la cotización mínima exigida. Contabilizaba 1.006 días trabajados por los 692 que se piden.

Para su sorpresa el SEPE le negó este subsidio basándose en un informe del INSS que situaba realmente el cumplimiento de la cotización con fecha de septiembre de 2021 y no con los datos oficiales de octubre de 2023. Ella denunció.

La Sección de lo Social plaza 1 del Tribunal de Instancia de Alicante sentenciaba el 17 de febrero de 2025 que el hecho causante para ingresar el subsidio para mayores de 52 años estaba fijado el 4 de septiembre de 2021, cuando dejó de percibir la prestación contributiva por desempleo.

Incluso la mujer tenía un mes, hasta el 4 de octubre de 2021, para haber solicitado dicha prestación, pero en ese instante no alcanzaba la cotización mínima exigida por 91 días.

No contenta con esta sentencia, elevó un recurso de súplica ante el TSJCV, que ahora ha resuelto el caso.

El Alto Tribunal regional avala la sentencia del juez de Alicante por la que sitúa el fin de la prestación contributiva por desempleo el hecho causante para pasar a cobrar el subsidio para mayores de 52 años, por lo que se acoge a las cotizaciones de entre septiembre y octubre de 2021 para sentenciar que incumplía los requisitos mínimos exigidos por el SEPE. Es decir, no niega que cumpliera los requisitos de cotización, pero realmente con dos años de retraso.

La sentencia también rechaza el argumento de la mujer por el que exponía que la Seguridad Social no le había computado, entre septiembre y octubre de 2021, una serie de trabajos realizados a tiempo parcial. Según su recurso con la suma de ellos superaba la cotización mínima exigida. Pero en este punto el TSJCV se muestra inflexible, ya que señala que la mujer no ha aportado «datos suficientes» que confirmen la duración y la naturaleza de los trabajos que dice haber realizado.

Por todo ello, el Alto Tribunal regional rechaza el recurso de la mujer, a la que le deja sin poder cobrar el subsidio para mayores de 52 años, que a la postre hubiera sido la tercera ayuda pública consecutiva que hubiera cobrado en el plazo, como mínimo, de dos años. «Los requisitos debe cumplirse en la fecha causante», zanja el TSJCV.

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