imagen de archivo de una madre con su hijo.
Una madre pierde el IMV de 652 euros al mes tras liquidar los bienes gananciales con su expareja
La sentencia señala que la mujer utilizó un recurso «mal planteado técnicamente» para intentar preservar la prestación
Una madre valenciana ha perdido el Ingreso Mínimo Vital que tenía concedido con una cuantía mensual de 652,37 euros. Así lo ha sentenciado un juzgado de primera instancia, cuya retirada ha sido avalada en las últimas semanas por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
La batalla judicial comenzó cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) retiró la prestación a la mujer después de que incrementara su patrimonio tras liquidar los bienes gananciales con su expareja. Así queda probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso El Debate, con la que se resuelve el recurso presentado por la afectada.
El Alto Tribunal regional avala la decisión del Juzgado de Xàtiva, quien dio la razón inicialmente la INSS porque en el acuerdo entre la mujer y su expareja ésta superó el límite establecido para la percepción de esta ayuda pública.
El límite legal para el caos de una unidad familiar con un adulto y un menor era, en el momento de su aprobación, de 23.684,64 euros. En ese momento la afectada y su expareja ya no residían juntos, por lo que se aplicaba el citado criterio en base a su patrimonio.
Todos los hechos que dan lugar a las dos sentencias tienen lugar en 2021. Según queda probado por la Justicia, en abril de ese año el INSS le reconoce a la ahora afectada un Ingreso Mínimo Vital de 652,37 euros mensuales.
El diciembre de ese 2021 la mujer y su expareja firman la liquidación de bienes gananciales. Al hombre le corresponde una plaza de garaje, un vehículo, mientras que la mujer se queda con una vivienda valorada en 55.000 euros sobre la que recae una hipoteca de la que en ese momento aún quedaban por saldar 23.000 euros. Además, la afectada debía abonar al que había sido su pareja 6.600 euros.
Este acuerdo que un Juzgado de Xàtiva aprueba a finales de diciembre de 2021 hace saltar las alarmas en el INSS, porque la perceptora del IMV supera así los límites patrimoniales establecidos para poder percibir la prestación, que en ese momento ascendía hasta los 27.145,98 euros.
Con ese patrimonio no podía seguir recibiendo el Ingreso Mínimo Vital en las condiciones que habían sido aprobadas, por lo que el 27 de diciembre de 2021 el INSS decide extinguir la ayuda con efectos desde el 1 de enero de 2021, por superar el límite patrimonial.
La afectada presentó una reclamación ante la Seguridad Social en febrero de 2022, pero esta fue rechazada en abril y el caso se judicializó en el mes de mayo, cuando la mujer
presenta una demanda judicial. La sentencia en primera instancia no llegaría hasta abril de 2025 y en ella se le daba la razón al INSS, por lo que eleva un recurso ante el TSJCV que ha sido resuelto con fecha del 7 de julio de 2026.
El Alto Tribunal regional deja un punto muy claro. En el momento en el que se le concede el INSS la mujer debe cumplir con la normativa que establecía que «los inmuebles se computan como patrimonio conforme a los valores previstos legalmente sin descontar las deudas vinculadas al inmueble».
Justamente ella lo que ha pedido en su batalla judicial es que su patrimonio se ajustara en concepto de la cantidad neta real, cuantía que se debería establecer al restar las deudas y cargas al valor dado. Pero ni el Juzgado de Xàtiva ni el TSJCV ha aceptado esta petición, aunque en la ley 19/2021 sí que viene recogida.
Además, la Sala de lo Social remarca que la mujer ha presentado un «recurso mal planteado técnicamente» ya que no ha señalado en ningún momento el error patrimonial a su entender, debiendo haber hecho constar tanto la modificación solicitada como una cantidad alternativa y su justificación documental.
Es por todo ello que una liquidación de gananciales implica que una madre valenciana pierda el IMV porque su patrimonio se ha incrementado hasta el punto de superar los límites establecidos.