Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Alicante
Condenan a 11 meses de cárcel al exconcejal de Calpe Juan Roselló por sobrecostes en las obras de agua
La Audiencia de Alicante considera probado que la adjudicación directa a una empresa vinculada a su cuñado generó un perjuicio superior al millón de euros
La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a once meses de prisión al exdiputado provincial del Partido Popular (PP) y exconcejal de Calp Juan Roselló por las irregularidades en la contratación de las obras de renovación de la red hidráulica del municipio de la Marina Alta, en el conocido como caso Aguas de Calpe.
La sentencia considera probado que la ejecución de los trabajos se canalizó a través de una empresa vinculada al cuñado del expolítico y que la operación generó un sobrecoste superior al millón de euros.
La resolución, dictada por la Sección Segunda de la Audiencia, atribuye a Roselló un delito de prevaricación administrativa en concurso con otro de fraude a la Administración. Su cuñado, Francisco Artacho, ha sido condenado también a once meses de prisión por fraude a la Administración. Otros tres acusados, vinculados a la gestión de las empresas implicadas, han recibido penas de entre siete y once meses de cárcel.
Los magistrados sostienen que Roselló firmó directamente el contrato de ejecución de las obras pese a conocer las características de la empresa subcontratada y la existencia de un sobreprecio. La sentencia califica la actuación de «patente, flagrante y clamorosa ilegalidad» y considera acreditado que la contratación impidió la libre concurrencia de otras empresas que podían haber optado a realizar los trabajos.
Dos décadas hasta la sentencia
El tribunal ha aplicado a los cinco condenados la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, al considerar extraordinaria la duración del procedimiento. Las diligencias previas se incoaron en noviembre de 2005 y el juicio oral no se celebró hasta 2025, casi veinte años después. La prolongación de la causa ha tenido un efecto directo en las penas finalmente impuestas.
La Audiencia también ha absuelto a los cinco condenados del delito continuado de estafa que se les atribuía y ha exonerado de todos los delitos imputados a otros tres encausados, según la información recogida en la resolución. Para el administrador único de la empresa a la que se adjudicaron los trabajos, el tribunal ha apreciado, además, la atenuante de confesión.
Una adjudicación inicial de 4,7 millones
Los hechos se remontan al 17 de marzo de 2004, cuando el pleno del Ayuntamiento de Calpe aprobó adjudicar a Aguas de Calpe, una empresa mixta participada por la corporación municipal, la renovación de la red de abastecimiento de agua. El encargo comprendía cinco proyectos y ascendía a 4.721.100 euros, sin IVA, incluidos la redacción de los proyectos y la dirección de las obras.
La financiación estaba prevista mediante modificaciones tarifarias que se repercutirían trimestralmente a los usuarios durante cinco años. La sentencia considera que la adjudicación inicial a Aguas de Calpe fue correcta y que no constituyó un artificio de los acusados, sino que respondió a un acuerdo del pleno municipal.
El problema, según los hechos declarados probados, surgió al contratar la ejecución material de los proyectos. En marzo de 2004, los responsables de Aguas de Calpe subcontrataron los trabajos directamente con Obras Hidráulicas de Levante (OHL), sin abrir un procedimiento que permitiera concurrir a otras empresas.
La mercantil estaba controlada por Francisco Artacho, cuñado de Roselló, aunque su administrador único era otro de los condenados, Jesús L. M., que, según la sentencia, actuaba como testaferro de Artacho. La empresa se había dedicado desde 1994 al reparto domiciliario de cartas, mensajes y publicidad, y había modificado su objeto y denominación social apenas un mes antes de la adjudicación para introducirse en el ámbito de las obras hidráulicas.
OHL subcontrató posteriormente los trabajos con otra compañía que sí disponía de la cualificación profesional necesaria. De acuerdo con la resolución judicial, la mercantil adjudicataria intermedia no ejecutó ninguna obra civil, pese a haber recibido el encargo de Aguas de Calpe.
Un sobrecoste superior al millón de euros
La sentencia señala que la contratación directa de OHL estuvo condicionada por el parentesco entre Roselló y Artacho y que los implicados conocían que el importe contratado superaba el coste real de los trabajos.
El tribunal también considera probado que los directivos de Aguas de Calpe y de Aguas de Valencia conocían tanto el sobrecoste como la falta de capacidad técnica de OHL para ejecutar las obras.
Esa conclusión se apoya, entre otros elementos, en un informe pericial de la Universidad Politécnica de Valencia (UPV), que detectó que el proyecto no se había ejecutado en su totalidad y que el importe abonado excedía el valor real de los trabajos. Para los magistrados, la subcontratación directa formó parte de una trama destinada a impedir que otras empresas pudieran optar a la ejecución y a obtener el sobreprecio resultante.
En agosto de 2005, el pleno municipal aprobó repercutir a los usuarios 3.454.467 euros en las tarifas para financiar la renovación de las canalizaciones. S
in embargo, en julio de 2007, la Dirección General de Industria y Comercio de la Generalitat Valenciana limitó esa cantidad a 2.220.446 euros.
La diferencia entre los pagos realizados por Aguas de Calpe y la cantidad finalmente recuperada mediante las tarifas ascendió a 1.075.130 euros, que se contabilizaron como pérdidas.
La sentencia atribuye al Ayuntamiento un perjuicio económico proporcional a su participación del 40 % en la empresa mixta. La cuantía indemnizatoria fijada en la resolución es de 430.000 euros.
Indemnización y recurso ante el Supremo
Los cinco condenados deberán indemnizar conjunta y solidariamente al Ayuntamiento de Calpe con 430.000 euros. La obligación implica que responden conjuntamente del importe fijado por el tribunal, sin que la sentencia distribuya esa responsabilidad en cinco indemnizaciones independientes.
Las penas impuestas son de once meses de prisión para Roselló y otros dos responsables de la gestión de Aguas de Calpe por prevaricación administrativa en concurso con fraude a la Administración; once meses para Artacho por fraude, y siete meses para el administrador único de OHL por el mismo delito. La aplicación de las atenuantes ha reducido las penas en atención a las circunstancias apreciadas por la Sala.
La sentencia puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de cinco días desde su notificación.