Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Castellón
Condenan a una gestoría a indemnizar a un extranjero despedido por errores en su permiso de residencia y trabajo
Una gestoría ha sido condenada a indemnizar con 20.709,26 euros a un trabajador extranjero que perdió su empleo como consecuencia de los errores cometidos en la tramitación de su autorización de residencia y trabajo. Así lo ha estimado la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Castellón (Plaza 1), según ha informado Legalión Abogados, el despacho encargado de presentar la demanda, en un comunicado
La sentencia, de 26 de octubre de 2026, estima íntegramente los argumentos presentados por el denunciantes e impone a la gestoría, además, el pago de los intereses legales desde la interposición de la demanda y de las costas del proceso.
En concreto, la cantidad se divide en dos partidas. La primera, de 10.709,26 euros, corresponde al lucro cesante, es decir, los salarios que el trabajador dejó de percibir desde su despido hasta que encontró un nuevo empleo. El Tribunal da por buena esta cifra, calculada a partir de la media de sus nóminas anteriores, y rechaza la pretensión de la gestoría de descontar lo cobrado en el finiquito, al considerar que esa media podría incluso quedarse por debajo de lo que el trabajador habría ingresado, ha indicado Legalión Abogados.
La segunda partida, de 10.000 euros, compensa el daño moral. Apoyándose en la doctrina del Tribunal Supremo (STS 533/2000), el magistrado recuerda que este daño comprende situaciones como la ansiedad, la zozobra o la incertidumbre.
Podía ser expulsado de España
En este caso, subraya, la irregularidad administrativa no solo impedía al trabajador ejercer su profesión, sino que lo exponía a la posibilidad de ser expulsado de España. La sentencia añade que la especial condición de extranjero hace que cualquier situación de irregularidad acreciente la angustia sobre el futuro, a lo que se sumó la pérdida del puesto de trabajo y la incertidumbre profesional. Con estos argumentos, el Tribunal concede íntegramente la cantidad reclamada.
Legalión Abogados ha explicado que el trabajador residía en España con una autorización de estancia por estudios que caducaba el 31 de agosto de 2023 y acababa de firmar un contrato indefinido con una empresa de la provincia de Castellón. Para conservar ese empleo necesitaba transformar su autorización en un permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena, y la gestoría que asesoraba habitualmente a la empresa en materia laboral y fiscal asumió el trámite.
Según la sentencia, la gestoría cometió tres errores que no llegó a discutir en el procedimiento. Primero solicitó una prórroga de la estancia por estudios, una figura inadecuada para quien ya tenía un empleo, y lo hizo a través del Registro Electrónico General en lugar de la plataforma específica Mercurio. Después presentó una solicitud como si el trabajador ya fuera titular de una autorización de residencia y trabajo que se quisiera renovar, cuando lo procedente era la modificación prevista en el artículo 199 del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 557/2011). Por último, presentó la solicitud en Alicante, cuando la provincia competente era Castellón.
«Responsabilidad de hacerlo bien»
Como ha relatado el bufete, en febrero de 2024 la Oficina de Extranjería inadmitió la solicitud e indicó expresamente cuál era el cauce correcto. Sin cobertura administrativa, el trabajador fue despedido en marzo de 2025. El afectado solo pudo regularizar su situación más tarde, con la intervención de otra gestoría, ha apuntado.
«Esta sentencia confirma algo que parece evidente, pero que con frecuencia se olvida: quien acepta un encargo profesional asume la responsabilidad de hacerlo bien», ha señalado Mario Rodríguez, abogado del mencionado despacho que ha dirigido la defensa del trabajador.
«Mi cliente confió en la gestoría para algo tan importante como conservar su permiso de trabajo y, por una cadena de errores, perdió su empleo y vivió meses de angustia ante la posibilidad de tener que abandonar España. Que el tribunal reconozca íntegramente el daño moral es especialmente relevante, porque pone en valor el sufrimiento real que hay detrás de un expediente mal tramitado», ha concluido.