Puesto de venta de pescado en Galicia.

Puesto de venta de pescado en Galicia.Carlos Castro / Europa Press

Galicia apura la vía judicial contra las políticas ecologistas de Bruselas que asfixian al sector pesquero

La normativa europea confunde artes de pesca y ha provocado enormes pérdidas económicas a un sector de por sí perjudicado

Las leyes ‘ecologistas’ europeas están lastrando económicamente al sector pesquero en Galicia. No solo eso, sino que, además, sus objetivos de conservación del fondo marino están lejos de cumplirse. La normativa, que los afectados consideran no consensuada y muy perjudicial, dio comienzo a toda una batalla judicial en la que la Xunta de Galicia ha dado un paso más: agotar la vía judicial para intentar suprimir el veto a la pesca de fondo en 87 zonas del Atlántico Nororiental.

El palangre calificado «de fondo» ha sido incluido en la normativa de Europa a pesar de, tal y como reconoce el propio Greenpeace, «tener un impacto mucho menor en el lecho marino que otras artes tales como las redes de arrastre».

Sergio López, miembro de la organización de productores pesqueros del Puerto de Burela, explicó en conversación con El Debate que la afectación de estas normativas ha sido masiva. Se quejó de la falta de estudio previo de la situación, lo que ha llevado a que la propia Comisión «se confundiese con artes como el palangre por el mero hecho de calificarse ‘de fondo’».

Este domingo fue la Consejería de Mar la que presentó sus observaciones ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). A los argumentos de Galicia se ha sumado Irlanda, que coincide en que la decisión de la Comisión Europea contiene errores de Derecho, por lo que se pide que dicha resolución quede sin efecto y, con carácter subsidiario, en caso de que el estado del litigio no permita un pronunciamiento definitivo, la devolución del asunto al Tribunal General para que dicte una nueva sentencia.

Motivos principales

La comunidad autónoma fundamenta su posición en cuatro grandes motivos. En primer lugar, considera que se ha producido una incorrecta evaluación del impacto de la pesca de fondo. La Comisión basó su análisis en datos relativos a artes móviles, sin tener en cuenta las características de artes fijas como el palangre de fondo, cuyo impacto sobre el fondo marino es sustancialmente inferior o incluso inexistente. Esta omisión, según el Gobierno gallego, vulnera el principio de proporcionalidad al ofrecer una visión distorsionada de la realidad.

En segundo lugar, cuestiona el método utilizado para delimitar las zonas de cierre. La inclusión de áreas en las que no consta la presencia ni la probabilidad de existencia de ecosistemas marinos vulnerables carece de base jurídica suficiente y no supera el test de proporcionalidad, al no cumplir los requisitos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto. Además, se critica el uso de riesgos meramente hipotéticos para justificar restricciones amplias.

En tercer lugar, la Xunta sostiene que el Tribunal General realizó una aplicación errónea de las normas de la Política Pesquera Común y de la jurisprudencia relevante. La sentencia recurrida flexibiliza indebidamente el deber de motivación de las medidas, pese a tratarse de una medida nueva que requería una justificación específica. Asimismo, no se realizó una adecuada ponderación de los intereses socioeconómicos afectados y se transformó el margen de apreciación del legislador en una presunción automática de proporcionalidad.

Por último, la comunidad autónoma denuncia que no se han tenido en cuenta de manera suficiente los efectos adversos de las medidas sobre la flota gallega de palangre y sobre las comunidades costeras que dependen de esta actividad, evidenciando una insuficiente consideración de los intereses socioeconómicos en juego.

Defensa del sector

En paralelo a la vía jurídica, la Consejería de Mar asegura estar trabajando en la adaptación normativa para reforzar el reconocimiento de las especificidades del sector. En este sentido, está tramitando la modificación del Decreto de Artes de Galicia para actualizar la regulación y reconocer de manera específica el palangre demersal o semipelágico.

Además, ha solicitado la inclusión de este arte en la clasificación estatal de aparejos de anzuelo mediante alegaciones al Real Decreto 502/2022, con el objetivo de establecer una normativa diferenciada más adecuada a su tipología. La actualización de esta clasificación es competencia del Gobierno central y resulta clave en el marco de las negociaciones con la Comisión Europea para lograr la exclusión del palangre de fondo de las restricciones en los caladeros europeos.

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