Administración en La Coruña del lotero Manuel Reija, condenado por el robo del boleto millonario de la Primitiva
La administración del lotero de La Coruña condenado por el robo del boleto de 4,7 millones permanece cerrada
catorce años después de que el lotero Manuel Reija, dueño de la administración de San Agustín de La Coruña, robase el boleto premiado con 4,7 millones de euros de la Primitiva, la Audiencia Provincial le condenó esta semana a tres años y medio de cárcel.
El juzgado lo considera autor de un delito de estafa agravada, con la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas. Además lo inhabilita para el ejercicio de cualquier profesión relacionada con la actividad de Loterías y Apuestas del Estado durante el tiempo de la condena. Aunque ya ha anunciado que recurrirá el fallo de la Audiencia Provincial ante el Tribunal Supremo, su administración ha quedado clausurada.
Desde este pasado jueves por la tarde, el local de San Agustín permanece con las persianas bajadas. La Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (Selae) ha procedido al «cierre cautelar» de la administración tras la sentencia de la Audiencia Provincial a la espera de que la sentencia sea firme.
En cuanto al hermano del lotero y delegado provincial de Loterías, el tribunal dictó su total absolución tras librarlo de los cargos de encubrimiento y blanqueo. La Audiencia Provincial consideró probado que el acusado no tuvo nada que ver.
Su legítimo dueño
La Audiencia Provincial de La Coruña determinó también quién es su legítimo dueño: José Luis Alonso, un vecino que falleció dieciocho meses después de aquel 30 de junio sin saber que era millonario. Él mismo había acudido a la ventanilla de Manuel Reija a revisar sus números, sin imaginarse que sería engañado por el lotero, que le ocultó el premio para quedárselo.
A la espera de una resolución en firme, la Audiencia especificó que, determinada la titularidad del boleto, no puede entregárselo directamente a la viuda e hija del acertante, personadas en el juicio como acusación, «pues el mismo debe ser entregado a su legítimo poseedor». «Pero al haber fallecido el titular legítimo del mismo, este boleto y su derecho a cobro deben ir a parar a la masa hereditaria» de su propietario, por lo que se procederá «en virtud de sus disposiciones testamentarias».