Gente paseando por una calle céntrica de Vigo bajo las luces navideñas

Luces navideñas en VigoMVR. Europa Press

El Ayuntamiento de Vigo condenado a indemnizar al propietario de un vehículo al que le cayeron luces navideñas

El juez desestimó hacer responsable a la concesionaria responsable de la instalación como quería el gobierno local

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Vigo ha condenado al Ayuntamiento de la ciudad olivica a indemnizar a un particular y a su compañía aseguradora por los daños que la caída del alumbrado navideño ocasionó en un vehículo.

Los hechos sucedieron el 18 de diciembre de 2022, un día con alerta de temporal por viento y lluvia en toda Galicia. El propietario del vehículo lo tenía correctamente estacionado en la calle, y posiblemente debido a las adversas condiciones meteorológicas, un elemento del alumbrado navideño se desprendió de sus sujeciones cayendo sobre el turismo, un Hyndai Tucson, produciendo la caída el adorno sobre el coche los consecuentes daños materiales.

Los autores de la demanda reclamaron los importes abonados por cada uno de ellos tras su reparación. La aseguradora reclamaba 608 euros por la sustitución de la luna, mientras que el propietario pedía 446 en concepto de reparación de la carrocería. Ambas cantidades fueron acreditadas durante el juicio y no fueron discutidas por el Ayuntamiento vigués.

Ayuntamiento exime su responsabilidad

La administración alegó que quien tenía que pagar era la concesionaria responsable de la instalación, la empresa Ximénez, pero como no tramitó el correspondiente expediente, la indemnización tendrá que salir de las arcas municipales.

Al respecto, el juez recrimina al Ayuntamiento el que no haya tramitado un expediente con la audiencia a la empresa Ximénez y haberle obligado a pagar los daños por haber colocado los adornos navideños. Dado que no culminó el expediente administrativo, «la condena solo puede recaer sobre la demandada y será ésta la que, en su caso, repita sobre la mercantil».

El Ayuntamiento adjuntó una copia del contrato con la empresa Ximénez y el pliego de prescripciones, que incluye en una de sus cláusulas que es la responsable única en todo momento de los daños que los elementos decorativos de iluminación pueden producir.

Para el juez resulta «indiscutible» la responsabilidad de la contratista si causa daños a terceros en la prestación del servicio público que tienen concedido, pero «para poder hacer valer esa cláusula, la demandada solo tenía que haber tramitado el expediente, con la audiencia de la contratista y resolver en conformidad», afirma el juez. Por no haberlo hecho, estima la demanda del dueño del coche y de la compañía de seguros, obligando al Ayuntamiento a indemnizar en las cantidades reclamadas y los intereses desde la fecha de la reclamación.

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