Pleno del Ayuntamiento de Puente GenilLa Voz

Puente Genil bonifica hasta un 50% la tasa de recogida de basuras

Las ayudas son las máximas que permite la ley y se aplicarán en función de la renta y de la situación familiar

El Ayuntamiento de Puente Genil, a través de la Delegación de Hacienda y Seguridad, ha anunciado que ya está disponible el trámite (presencial y electrónico), modelos y guía práctica para solicitar las bonificaciones de la nueva tasa de residuos, un sistema de ayudas diseñado para aliviar el impacto económico en los hogares con menor capacidad económica. Las reducciones, que pueden alcanzar hasta el 50% del recibo anual, se aplicarán en función de la renta y de la situación familiar.

La concejal delegada, Tatiana Pozo, ha subrayado que estas bonificaciones «son las máximas que permite la legislación vigente» y que su objetivo es garantizar que la implantación de la tasa sea justa y equilibrada. «Sabemos que es un gasto fijo en todos los hogares, y por eso hemos trabajado para que quienes más lo necesitan puedan beneficiarse de una reducción significativa», afirmó.

Condiciones para la solicitud

El Ayuntamiento aplicará dos tipos de bonificaciones, en función de la renta y de la situación familiar. Por un lado, la bonificación del 50 % está dirigida a las unidades familiares cuyos ingresos no superen los 16.800 euros anuales (dos veces el Iprem) y que, además, se encuentren en alguno de los supuestos previstos en la Ordenanza: jubilados o pensionistas, perceptores de la Renta Mínima de Inserción Social, familias numerosas, mujeres víctimas de violencia de género, unidades familiares con al menos dos personas desempleadas o hogares formados por una sola persona en situación legal de desempleo. Esta reducción deja el recibo en 17,97 euros por trimestre.

Tatiana PozoLa Voz

Por su parte, la bonificación del 30 % se aplicará a las unidades familiares en situación de vulnerabilidad económica, atendiendo a su composición y nivel de ingresos conforme al Iprem vigente. Podrán acogerse las familias sin menores a cargo con ingresos de hasta 12.600 euros anuales (1,5 veces Iprem), las familias con un menor hasta 16.800 euros (2 veces Iprem), con dos menores hasta 21.000 euros (2,5 veces Iprem), y las familias numerosas hasta 25.200 euros anuales (3 veces Iprem), siempre que la vivienda habitual sea el único inmueble en propiedad. En estos casos, el recibo trimestral quedará fijado en 25,15 euros, previa acreditación de los requisitos económicos y patrimoniales.

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 31 de marzo de 2026, tanto de manera presencial en el Ayuntamiento como a través de la sede electrónica. De forma excepcional, quienes soliciten la bonificación dentro de este plazo se beneficiarán de la reducción desde el primer recibo de 2026, manteniéndose automáticamente durante tres años consecutivos, sin necesidad de renovarla anualmente.

Quienes no la soliciten antes del 31 de marzo podrán hacerlo entre el 1 de septiembre y el 30 de noviembre, para que la bonificación se aplique a partir del ejercicio siguiente, con la misma vigencia de tres años. En todos los casos, será imprescindible estar al corriente en el pago de la tasa y acreditar que la vivienda habitual es el único inmueble en propiedad, quedando excluidos trasteros, plazas de aparcamiento y bienes de carácter funerario.

Para facilitar el proceso, el Consistorio ha puesto a disposición de la ciudadanía una guía informativa que puede descargarse online en la web muncipal o recogerse en formato físico con el objetivo de asistir y acompañar a los usuarios en su proceso de solicitud.

Pozo destacó que estas medidas «buscan aliviar la economía doméstica», y agradeció la profesionalidad del personal municipal (trabajadores de departamentos económicos, rentas, informática y de atención a la ciudadanía) la puesta en marcha de este procedimiento al ciudadano «en tiempo récord», concluyó.