La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso

Ayuso recurre ante el Supremo el decreto del Gobierno sobre el reparto de menores no acompañados

El Gobierno regional acusa al Ejecutivo central de «invadir competencias exclusivas en protección de menores y asistencia social»

La Comunidad de Madrid ha recurrido ante el Tribunal Supremo el Real Decreto aprobado por el Gobierno de España el pasado martes, 22 de julio, que desarrolla el reparto forzoso de menores no acompañados desde Canarias.

En concreto, los servicios jurídicos de la Administración regional han recurrido ante el Tribunal Supremo el Real Decreto 658/2025, que regula la reubicación de estos menores en situaciones de presión migratoria, al considerar que vulnera competencias autonómicas.

Este texto desarrolla el Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo ya impugnado ante el Tribunal Constitucional por 11 servicios jurídicos autonómicos, entre ellos los de la Comunidad de Madrid, por invadir competencias exclusivas en protección de menores y asistencia social, por falta de justificación de urgencia y por utilizar un instrumento inadecuado para regular materias reservadas a leyes orgánicas.

En paralelo, la Comunidad de Madrid ha exigido al Gobierno de España -a través de diversas vías- la remisión urgente de la información utilizada para elaborar el reparto forzoso de menores no acompañados entre las distintas regiones, salvo País Vasco y Cataluña, al considerarlo arbitrario, opaco y discriminatorio, y diseñado para penalizar a las comunidades gobernadas por el Partido Popular y beneficiar a los socios nacionalistas del Gobierno central.

Se han dirigido requerimientos a la Secretaría de la Comisión Sectorial de Infancia y Adolescencia, al Ministerio de Juventud e Infancia y al Ministerio del Interior.

Entre la información solicitada, destacan: los datos actualizados del Registro de Menores Extranjeros No Acompañados (RMENA) por comunidad autónoma desde 2023 y los indicadores utilizados por el Gobierno para el cálculo del reparto (población, renta, paro, número de menores atendidos, ratio de plazas por habitante, etc.).

También la fórmula de ponderación aplicada a cada uno de los criterios del artículo 35 ter de la Ley Orgánica 4/2000; y el motivo técnico-jurídico por el cual se asignan 647 menores a Madrid y ninguno a Cataluña o País Vasco.

Asimismo, se ha solicitado acceso a la Memoria del Análisis de Impacto Normativo y todos los informes jurídicos, técnicos y presupuestarios emitidos durante la tramitación del Real Decreto 658/2025.

Inmigrantes procedentes de Canarias en el Centro de Recepción, Atención y Derivación (CREADE) de Pozuelo de Alarcó(1)Europa Press

Cierre del centro de Pozuelo

Este jueves, se ha conocido que el Ayuntamiento popular de Pozuelo de Alarcón ha pedido el cierre del centro de inmigrantes donde se preveía el traslado de 400 menores no acompañados. Tras una inspección, el Consistorio ha concluido que ese centro de recepción y atención (CREADE) que abrió sus puertas en 2022 para la acogida de refugiados ucranianos, no dispone de la licencia necesaria para ese uso.

El centro tiene una licencia de 2013 que no permite el uso residencial, un permiso que se hace imprescindible para desempeñar la función como centro de inmigrantes. Además, las normas urbanísticas señalan su uso como terciario comercial.

En este sentido, el Ayuntamiento de Pozuelo notificó al propietario del edificio, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), y a la entidad que gestiona el centro, que no tienen «licencia preceptiva que les permita ejercer su actividad».

El titular tiene 15 días para alegar, pero el cese debe ser inmediato. Desde el Ayuntamiento de Pozuelo comentan que no va a ser así, pero insisten en que a efectos administrativos no se pueden acoger inmigrantes.