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Esta es la ayuda de 500 euros de Madrid a la natalidad que ya se puede solicitar: requisitos y cómo pedirla

El ejecutivo madrileño pretende fomentar la natalidad con esta ayuda mensual para las familias jóvenes

Si estás embarazada o has sido madre recientemente, tienes menos de 30 años y ganas menos de 30.000 euros al año (o menos de 36.200 € la unidad familiar), cumples los requisitos para obtener esta ayuda económica de la Comunidad, que dotará a las familias de una prestación económica mensual de 500 euros.

La administración liderada por Isabel Díaz Ayuso está aceptando las solicitudes de este incentivo económico con el objetivo de fomentar la natalidad entre las familias jóvenes y sufragar los gastos que genere el menor en sus primeros años de vida.

Esta prestación se empezará a percibir desde el quinto mes de gestación hasta que el menor cumpla dos años, aportando a la familia hasta 12.000 € en total. El subsidio se multiplicará por cada hijo o feto y podrán solicitarlo tanto si se trata de una gestación o parto como si la familia haya adoptado a un menor.

En el caso de la adopción, la familia obtendrá este incentivo hasta que se cumplan 24 meses desde la fecha de inscripción en el Registro Civil.

Otros requisitos y documentación necesaria

Además de los requisitos presentados anteriormente (menor de 30 años y ganar menos de 30.000 €), los solicitantes también deben cumplir los siguientes requisitos:

Ser español o extranjero con residencia legal en España.Estar empadronado en algún municipio de la Comunidad de Madrid en el momento de la solicitud.Mantener su residencia en la comunidad autónoma en el periodo en el que reciban esa ayuda económica. Cualquier cambio de domicilio debe notificarse a la administración para evitar perder esta ayuda.

En caso de que cumplamos todos los requisitos, tendremos que aportar una serie de documentos junto a la solicitud:

Certificado de empadronamiento. Deberá constar una antigüedad de, al menos, cinco años de los diez años anteriores a la fecha de presentación.Documento Nacional de Identidad o, en caso de que el solicitante sea extranjero, la tarjeta de residencia.La declaración del IRPF.Certificado de nacimiento del menor.

Este incentivo solo lo podrán solicitar gestantes a partir de la semana 21 del embarazo, madres que hayan dado a luz (también partos múltiples) y mujeres que hayan adoptado a un menor, independientemente de la edad que tenga este.

¿Cómo puedo solicitarla?

Se puede solicitar tanto de manera presencialmente en las Oficinas de Registro habilitadas para ello como a través de los canales electrónicos de la Comunidad de Madrid.

El formulario de solicitud se puede presentar cualquier día del año y el pago de este se inicia el mismo mes en el que se registra la solicitud, manteniéndose hasta el último día del mes en el que el menor cumple dos años o, en su defecto, se cumplen los 24 meses desde el registro del menor.

La Comunidad de Madrid dispone de tres meses para dictar resolución y es compatible con el Ingreso Mínimo Vital u otras subvenciones estatales o regionales de las que se beneficie la familia, excepto si la normativa especifique lo contrario.

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