La acampada de Sol se sigue extendiendo

La acampada de Sol se sigue extendiendoEuropa Press

La jueza eleva al Tribunal Superior de Justicia el recurso de Ayuso por la acampada de Sol

La presidenta de la Comunidad de Madrid anunció este jueves que el Gobierno regional acudiría a los tribunales ante lo que considera una «inacción» del delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín

La magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 14 de Madrid ha acordado elevar al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) el recurso presentado por la Comunidad de Madrid, que reclamaba el desalojo de la acampada instalada en la Puerta del Sol

Esta decisión se corresponde a que la jueza ha declarado la falta de competencia objetiva para resolver el asunto, por lo que ha acordado elevar las actuaciones a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM.

Esta decisión llega después de que la jueza diera traslado a las partes y al Ministerio Fiscal para que se pronunciaran sobre la competencia del juzgado. Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado, que representa a la Delegación del Gobierno en Madrid, consideraron que corresponde al TSJM conocer el recurso. La Comunidad de Madrid también interesó la remisión de las actuaciones al tribunal superior si se entendía que era el órgano competente.

En su auto, la magistrada explica que el recurso de la Comunidad de Madrid impugna la «inactividad del Delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid» por no ejercer, según sostiene la Administración autonómica, las competencias que le corresponden y «tolerar de forma persistente la ocupación ilegal en el Sol».

La jueza ha concluido que, al tratarse de una actuación de un órgano de la Administración periférica del Estado y tener el recurso una cuantía indeterminada, el asunto no corresponde a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, sino al TSJM, conforme a las reglas de competencia de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

¿Cuándo se tomará la decisión final?

Ahora, las partes dispondrán de un plazo de diez días para comparecer ante el tribunal superior. La resolución supone que será ahora el TSJM el que determine si asume el conocimiento del procedimiento y, en su caso, deberá abordar la petición planteada por la Comunidad de Madrid.

Una vez que el asunto llegue al tribunal competente, se abriría el plazo legal de 48 horas para resolver sobre la petición de medidas cautelarísimas, según el procedimiento previsto para este tipo de solicitudes.

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