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La demanda de vivienda en Madrid provoca que más de 3.000 locales comerciales pasen a uso turístico

El Ayuntamiento de Madrid ha registrado desde el año 2015 más de 2.800 espacios comerciales que se han convertido en residencias turísticas, debido a la gran demanda que la capital tiene. Borja Carabante, delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad encuentra preocupante este fenómeno, por ello quiere cuanto antes, poner en marcha desde el Consistorio la ley que protege al comercio en la cuidad.
Esta ley estará lista en abril, tal y como el alcalde José Luis Martínez-Almeida avanzó el pasado martes, además de explicar que se necesita un compromiso «hay que ir de la mano de los vecinos» para que se pueda conseguir lo planteado.
«Es esencial mantener el comercio de proximidad», alegaba el edil. La actualización de la normativa que regula los pisos turísticos analizará la conversión de locales en vivienda de uso turístico, para fomentar que esos locales vuelvan a tener un uso comercial. Para ello, se está buscando el consenso de gremios como la hostelería, propietarios de VUT y vecinos de las zonas más afectadas.
Según el delegado del Ayuntamiento de Madrid hay en torno a 14.000 viviendas cuya función es de uso turístico, siendo anteriormente sitios con fines comerciales. Los barrios con más viviendas de este tipo son Salamanca, Chamberí y Arganzuela.
Carabante visitó el miércoles una fábrica de Aranjuez, donde se hacen las placas de señalización de toda España, y comprendió que ahora mismo en la capital se está reduciendo los comercios locales, a favor de las marcas internacionales o grandes cadenas de supermercados, que disminuyen esos comercios que reflejan la identidad que ha tenido siempre Madrid en sus barrios.

Requisitos para convertir un comercio en vivienda

El primer requisito es presentar un plano esbozado por un arquitecto, en el que se cumpla: la aprobación del proyecto técnico por parte del Ayuntamiento, pagar las tasas e impuestos pertinentes en base al municipio, la aprobación de la solicitud de la licencia de obras, realizar la declaración de alteración catastral (para que se sepa el cambio de local a uso doméstico), certificado de eficiencia energética y una cédula de habitabilidad.
Una vez finalizado este proceso y la propia obra, se tendrá que obtener la licencia de primera ocupación, una vez se ha presentado en el Ayuntamiento el certificado de final de obra, al mismo tiempo que la declaración de alteración catastral.
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