Velocidad y accidentes
Olvídate de la regla del 7: esta es la velocidad real a la que multan los radares de la DGT
Los radares cuentan con un margen de error antes de multarnos
Código 78: qué es y por qué la DGT plantea cambiarlo
El director general de la DGT, Pere Navarro, ha confesado en varias ocasiones ser un defensor acérrimo de los radares de velocidad. De hecho, recientemente ha declarado que va a promover la instalación de más radares de tramo.
Los radares de tramo son los que recogen la hora de entrada en un pórtico y la de salida en otro, de forma que calculan la media de velocidad y si es más alta de la permitida te multan. Es cierto que los excesos de velocidad están presentes en hasta en un 23 % de los accidentes con fallecidos, de ahí el empeño de Navarro.
Más radares
En 2021 la DGT incrementó la presencia de radares en la red nacional de carreteras en un 4 %, en 2022 se prevé un incremento del 10 %. Ante esta 'persecución' merece la pena repasar la velocidad a la que están programados para saltar y multarnos.
Como es sabido, los radares cuentan con un margen de error antes de sancionar. Hasta hace unos años valía con aplicar la famosa regla del siete, tal y como nos explicaba la Guardia Civil en sus redes sociales. Pero a día de hoy esta regla sólo es válida en determinadas ocasiones.
La regla del siete suponía que para saber a qué velocidad multaban los radares bastaba con sumar 7 kilómetros a la hora cuando circulábamos a menos de 100 por hora. Es decir en una zona de 90 no saltaban hasta 97 kilómetros/hora. Por encima de 100 había que aplicar un 7 % de margen respecto a la velocidad máxima, es decir en una zona de 120 no saltaba hasta casi 129 kilómetros/hora.
Ahora los radares están configurados de otra manera y saltan, en cada caso, a las siguientes velocidades.
En la actualidad, y sin que hayan sido cambiadas por la última modificación de la Ley de Tráfico, las multas por exceso de velocidad incluyen la pérdida de entre 2 y 6 puntos en función de la gravedad y una sanción económica entre 200 y 600 euros. Por encima de los 200 kilómetros/hora se considera delito e incluye prisión. Así como si superamos en 60 kilómetros/hora el límite urbano y en 80 el interurbano.