El director general de la DGT, PereNavarro, ha confesado en varias ocasiones ser un defensor acérrimo de los radares de velocidad. De hecho, recientemente ha declarado que va a promover la instalación de más radares de tramo.
Los radares de tramo son los que recogen la hora de entrada en un pórtico y la de salida en otro, de forma que calculan la media de velocidad y si es más alta de la permitida te multan. Es cierto que los excesos de velocidad están presentes en hasta en un 23 % de los accidentes con fallecidos, de ahí el empeño de Navarro.
Más radares
En 2021 la DGT incrementó la presencia de radares en la red nacional de carreteras en un 4 %, en 2022 se prevé un incremento del 10 %. Ante esta 'persecución' merece la pena repasar la velocidad a la que están programados para saltar y multarnos.
Como es sabido, los radares cuentan con un margen de error antes de sancionar. Hasta hace unos años valía con aplicar la famosa regla del siete, tal y como nos explicaba la Guardia Civil en sus redes sociales. Pero a día de hoy esta regla sólo es válida en determinadas ocasiones.
La regla del siete suponía que para saber a qué velocidad multaban los radares bastaba con sumar 7 kilómetros a la hora cuando circulábamos a menos de 100 por hora. Es decir en una zona de 90 no saltaban hasta 97 kilómetros/hora. Por encima de 100 había que aplicar un 7 % de margen respecto a la velocidad máxima, es decir en una zona de 120 no saltaba hasta casi 129 kilómetros/hora.
Ahora los radares están configurados de otra manera y saltan, en cada caso, a las siguientes velocidades.
En la actualidad, y sin que hayan sido cambiadas por la última modificación de la Ley de Tráfico, las multas por exceso de velocidad incluyen la pérdida de entre 2 y 6 puntos en función de la gravedad y una sanción económica entre 200 y 600 euros. Por encima de los 200 kilómetros/hora se considera delito e incluye prisión. Así como si superamos en 60 kilómetros/hora el límite urbano y en 80 el interurbano.