
Imagen del radar del tipo Jenoptik Multiradar C
Recaudación
Una sentencia desvela el detalle clave por el que es posible anular una multa de velocidad
La sentencia del juzgado contencioso administrativo anula una sanción de 300 euros y dos puntos del carnet y se puede aplicar en casos similares
No se tata de la primera sentencia en este sentido, pero sí que vuelve a traer de actualidad este fallo, que siguen cometiendo tanto la DGT como algunos ayuntamientos a la hora de comunicar una infracción y que es motivo de recurso y anulación.
En este caso la sentencia llega desde Galicia, en concreto desde la ciudad de Vigo, donde el juzgado de lo contencioso administrativo acaba de anular una multa de velocidad puesta en la avenida de Clara Campoamor.
Defecto de forma
En esa calle existe un radar fijo de velocidad que es un viejo conocido de los conductores de la ciudad.

Las multas de velocidad de radares fijos deben incluir dos fotos distintas
Hay precedentes
En este caso y tal y como ya ocurrió en una sentencia de este mismo año en Asturias, la sanción no es válida por un motivo relativamente simple.
Cuando un radar fijo pone una multa, la sanción física, o sea el boletín de denuncia que nos llega a casa, debe incluir dos fotos.

Conviene consultar el tipo de radar en el boletín de denuncia que llega a casa
Una de ellas debe ser una toma cenital del vehículo, mientras que la segunda debe ser un detalle de la matrícula. Es clave que ambas fotos sean diferentes, de manera que no sirve una ampliación de la primera.
Se trata de demostrar que el radar ha realizado hasta dos mediciones del vehículo, para lo cual ambas sanciones deben tener inscripción horaria para que se pueda comprobar el paso del tiempo.
El truco de la DGT
El truco de la DGT era mandar una ampliación de la primera, sin que hubiera transcurrido ni un segundo, motivo por el que se acuerdo con esta sentencia la multa carece de validez, pues una sola medición no es suficiente respaldo a la multa.
En este caso la protagonista se ha librado de una sanción por circular a 75 kilómetros a la hora en una zona de 50, lo que se traduce en una multa de 300 euros y dos puntos del carnet, que finalmente no perderá.