Vendimia en la provincia de Ourense, GaliciaEuropa Press

El PP cuela al Gobierno un cambio para permitir contratos temporales de 120 días en el campo

El trabajo en la sombra con las organizaciones profesionales agrarias ha permitido sacar adelante esta enmienda

El campo goza desde este 2 de abril de una herramienta única en los sectores productivos. Una enmienda del Grupo Popular en el Senado a la Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario ha provocado un cambio en el Estatuto de los Trabajadores que permite a las empresas agrarias la contratación de trabajadores temporales durante más días al año.

Los trabajadores agrícolas tendrán la opción de firmar contratos temporales de 120 jornadas al año, lo que supone una variación significativa respecto a los 90 días que se contemplaban dentro del conocido como trabajo eventual que respondía a circunstancias de la producción.

«Las empresas solo podrán utilizar este contrato un máximo de noventa días en el año natural, a excepción de las empresas del sector agrario y agroalimentario que podrán utilizar un total de 120 días en el año natural, independientemente de las personas trabajadoras que sean necesarias para atender en cada uno de dichos días las concretas situaciones, que deberán estar debidamente identificadas en el contrato», recoge el Boletín Oficial de las Cortes Generales.

El trabajo en la sombra de las organizaciones profesionales agrarias con las fuerzas políticas ha permitido que los productores disfruten de mayor flexibilidad para adaptarse a las variaciones propias de las labores del campo. El campo ya se anotó un tanto a finales de 2024, cuando gracias a una estrategia similar consiguió regatear la reforma laboral promovida por Yolanda Díaz aprobada en 2021 para recuperar el trabajo eventual sustituido desde entonces por los fijos discontinuos.

El cambio más significativo atiende a la diferenciación entre 90 días y 120 jornadas, ya que no se trata de una diferencia simple de 30 días, sino que ahora solo cuentan los días trabajados, por lo que los contratos pueden extenderse hasta los cinco meses y medio.

«Estos noventa días, o ciento veinte días en los supuestos de las explotaciones y empresas del sector agroalimentario, no podrán ser utilizados de manera continuada. Las empresas, en el último trimestre de cada año, deberán trasladar a la representación legal de las personas trabajadoras una previsión anual de uso de estos contratos. Constituye causa para la celebración de este contrato en el sector agrícola, ganadero y forestal y la industria asociada a estos sectores, la cobertura de una o varias campañas de corta duración, con el límite anual de 120 jornadas reales», apunta el documento citado.