El presidente del Consejo de Administración de RTVE, José Pablo López
La última concesión de Sánchez a RTVE: el Gobierno prepara un decreto sobre su IVA sin pasar por el Congreso
El ente público ha comunicado a los sindicatos que el decreto ya ha sido aprobado por el ministerio de Hacienda y solo está pendiente de su paso por el Consejo de Ministros
El Gobierno trabaja en un nuevo real decreto ordinario que modifica las normas de financiación de RTVE para establecer que los impuestos que no resulten deducibles tendrán la consideración de coste del servicio público audiovisual estatal.
La modificación no requiere aprobación del Congreso al tramitarse como un real decreto que desarrolla la Ley de financiación de RTVE, que habilita al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para su ejecución.
Fuentes sindicales consultadas por Europa Press han informado de que RTVE comunicó «la semana pasada» a los trabajadores en una reunión del Comité de Intercentros que el proyecto de real decreto ya ha sido aprobado por el Ministerio de Hacienda que lidera Arcadi España y que está pendiente de su paso por el Consejo de Ministros.
El texto, al que ha tenido acceso Europa Press, fue sometido a información pública el pasado 2 de octubre y es el segundo intento del Ejecutivo para reformar la ley después de que la Cámara Baja rechazara en julio la convalidación del real decreto-ley de medidas para garantizar la prestación del servicio público encomendado a RTVE con el que modifica la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal.
En concreto, el proyecto modifica el Real Decreto 1004/2010, de 5 de agosto, de desarrollo de la Ley 8/2009 de financiación de la Corporación RTVE, con el fin de precisar expresamente la determinación del coste neto del servicio público audiovisual.
La modificación reglamentaria establece que «formarán parte de los costes del servicio público los tributos efectivamente soportados por RTVE que no resulten deducibles, recuperables o compensables conforme a la normativa tributaria aplicable».
Asimismo, la norma fija que «formarán parte de los costes del servicio público los importes correspondientes a dichos tributos cuando su existencia o cuantía resulte determinada con posterioridad al ejercicio al que se refieran como consecuencia de la aplicación de la normativa tributaria, de los criterios administrativos o de los pronunciamientos jurisdiccionales que resulten de aplicación».
Los costes antes referidos «se integrarán en el cálculo del coste neto del servicio público y serán objeto de compensación conforme al régimen de financiación previsto en la Ley 17/2006, de 5 de junio, y en la Ley 8/2009, de 28 de agosto», según detalla el real decreto propuesto por el Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, del Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y del Ministro de Hacienda.
Dicha compensación no podrá dar lugar, en ningún caso, a una sobrecompensación de las obligaciones de servicio público encomendadas a RTVE y el excedente de los ingresos que superen el límite anterior se ingresará en el Tesoro Público conforme se dispone en el artículo 8 de este real decreto.
Según defiende el Gobierno, el real decreto es «coherente» con los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la norma «responde a los principios de necesidad y eficacia, al introducir una precisión normativa que contribuye a una aplicación uniforme del régimen de determinación del coste neto del servicio público y a una adecuada financiación de las obligaciones legalmente encomendadas a la Corporación RTVE».