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Clara Rodríguez Ilárraz

El caso Anthropic abre el debate sobre los límites de los derechos de autor en el entrenamiento de la IA

Anthropic paga 1.500 millones por entrenar su IA con libros pirateados: la lección que Europa ya había aprendido

Libros e inteligencia artificialFREEPIK

La inteligencia artificial acaba de protagonizar el mayor acuerdo económico por vulneración de derechos de autor de la historia.

Anthropic, la empresa creadora de Claude, abonará 1.500 millones de dólares a miles de autores y editoriales estadounidenses después de reconocer que utilizó cientos de miles de libros obtenidos de repositorios piratas para entrenar sus modelos de inteligencia artificial.

La cifra impresiona por sí sola, pero el verdadero alcance del caso va mucho más allá de la indemnización.

La resolución establece una distinción que marcará el futuro de la industria: una cosa es entrenar una IA con obras protegidas y otra muy distinta hacerlo utilizando material obtenido ilegalmente.

El acuerdo, aprobado el pasado 20 de julio por una jueza federal de San Francisco, pone fin al primer gran litigio por derechos de autor relacionado con la inteligencia artificial que concluye mediante un pacto entre las partes.

Sin embargo, lejos de cerrar el debate, abre una cuestión que también afecta a Europa y, en particular, a España: ¿qué límites impone el derecho de autor al entrenamiento de los modelos de IA y cómo pueden conciliarse la innovación tecnológica y la protección de los creadores?

Un mismo conflicto, dos preguntas distintas

La demanda comenzó en agosto de 2024, cuando varios escritores acusaron a Anthropic de utilizar sus libros sin autorización para entrenar a Claude. A simple vista parecía un único conflicto, pero el tribunal terminó separando dos cuestiones que habitualmente se confunden.

La primera era si entrenar un modelo de inteligencia artificial con libros protegidos por derechos de autor constituye, por sí mismo, una infracción. La segunda era mucho más concreta: de dónde habían salido esos libros.

La respuesta a la primera pregunta favoreció a Anthropic. El juez William Alsup consideró que, cuando las obras habían sido obtenidas legalmente, su utilización para entrenar un modelo podía quedar amparada por la doctrina estadounidense del fair use, que permite determinados usos sin autorización cuando tienen un carácter suficientemente transformador.

La segunda cuestión, sin embargo, tuvo un desenlace muy distinto. Durante el procedimiento quedó acreditado que la empresa había descargado millones de ejemplares desde bibliotecas piratas en línea, como Library Genesis, para crear una enorme biblioteca digital interna.

Ese comportamiento, concluyó el tribunal, no podía justificarse bajo la doctrina del fair use. La infracción no residía en el entrenamiento del modelo, sino en el origen ilícito del material utilizado.

La diferencia parece sutil, pero tiene enormes consecuencias jurídicas. El juez no cuestionó el entrenamiento de la inteligencia artificial con obras legalmente adquiridas; lo que sancionó fue haber construido esa biblioteca digital recurriendo a copias pirateadas.

Dicho de otro modo, el problema no era el uso de los libros, sino la forma en que la empresa los consiguió.

Un riesgo económico imposible de asumir

Precisamente esa segunda cuestión explica por qué Anthropic decidió evitar el juicio sobre la cuantía de los daños. La legislación estadounidense permite reclamar indemnizaciones de hasta 150.000 dólares por cada obra cuya propiedad intelectual haya sido vulnerada.

Con cientos de miles de títulos afectados, la factura potencial podía alcanzar cifras capaces de comprometer la viabilidad de cualquier compañía tecnológica.

La solución fue un acuerdo extrajudicial. Anthropic aceptó pagar alrededor de 3.000 dólares por cada una de las aproximadamente 500.000 obras incluidas en el pacto, una cantidad que supera ampliamente la indemnización mínima prevista por la legislación estadounidense.

Además, más del 90 % de los autores y editoriales afectados ya han solicitado la compensación correspondiente, mientras que el tribunal aprobó también más de 100 millones de dólares en honorarios para los abogados que representaron a los demandantes.

No obstante, el caso deja una cuestión sin resolver. Al tratarse de un acuerdo y no de una sentencia firme revisada en apelación, la resolución no crea un precedente obligatorio para el resto de tribunales estadounidenses.

Eso significa que las numerosas demandas pendientes contra compañías como OpenAI, Meta, Google o Midjourney seguirán su propio recorrido y podrían desembocar en interpretaciones distintas sobre los límites del entrenamiento de la inteligencia artificial.

  • Clara Rodríguez Ilárraz es doctora en Derecho por la Universidad CEU-San Pablo y profesora de Economía Digital de la Cátedra CEU-MOEVE Digital.