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La ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, y el vicepresidente de Asuntos Económicos, Carlos CuerpoEFE

El decreto de vivienda esconde nuevas subidas de impuestos y cuela un incentivo para ahorrar exigido por Bruselas

  • Las ventajas fiscales para inquilinos no se notarán hasta 2027

  • El Gobierno 'cuela' una medida para incentivar el ahorro reclamada por Bruselas a través de los SIALP

El grueso de las medidas fiscales en materia de vivienda aprobadas este martes por el Consejo de Ministros en forma de decreto-ley tendrá no se dejará notar hasta 2027. El paquete incluye además una sorpresa, relacionada con el ahorro incentivado que reclama la Comisión Europea.

La estrella es la recuperación de la deducción estatal del 10 % en el IRPF por alquiler de vivienda habitual. Esta deducción estuvo vigente hasta 2015, cuando se suprimió.

Esta reducción será aplicable a inquilinos con una base imponible inferior a 33.007,20 euros al año. Entrará en vigor un día después de la publicación del decreto en el BOE, pero, los inquilinos no la percibirán hasta la presentación de la declaración de la Renta en 2027. Y, a diferencia de los borradores iniciales, no se aplicará solo a los inquilinos residentes en zonas calificadas como tensionadas.

«Son medidas que ayudan, pero no son inmediatas, porque el ahorro no se aplica en el recibo del alquiler de este mes», destaca Aitor Fernández, experto fiscal de TaxDown.

La estimación de vivienda es que beneficie a 1,6 millones de hogares, y llegue a ahorrar una mensualidad en el caso de muchas familias. Fernández, sin embargo, cifra en 1.163 euros al año la deducción máxima, pero aclara que solo se aplica a rentas de hasta 23.007,20 euros. «A partir de ahí el límite baja de forma progresiva», aclara.

La otra pata de las reducciones fiscales, con ayudas de hasta el 100 % para los caseros en el IRPF, solo se aplicará para nuevos contratos en vigor a partir del 1 de octubre. La letra pequeña convierte esta anunciada bonificación en realidad en una subida de impuestos en muchos supuestos.

«Si en un contrato nuevo la renta sube respecto a la anterior, la reducción cae por tramos hasta el 15 %, frente al 50 % general que se aplica hoy. En la práctica, el casero que suba el alquiler pagará más IRPF que ahora», explican desde TaxDown. En este caso la medida sí está circunscrita a las zonas calificadas como tensionadas.

Actualmente, el rendimiento neto positivo por arrendamiento de vivienda en el IRPF se calcula restando los gastos deducibles a los ingresos íntegros del alquiler, y sobre ese resultado positivo se aplica una reducción que varía entre el 50 % y el 90 % según la fecha del contrato y las características de la zona o del inquilino.

Si el Congreso convalida el nuevo decreto-ley, se mantendrá en el 50 % si la renta inicial no supera la última renta del contrato anterior. Si aumenta, los porcentajes se gradúan en el 40 %, 30 %, 25 %, 20 % o 15 %, en función de que el incremento sea, respectivamente, de hasta el 5 %, superior al 5 % y hasta el 10 %, superior al 10 % y hasta el 15 %, superior al 15 % y hasta el 20 %, o superior al 20 %

Para viviendas alquiladas por primera vez por contribuyentes que no sean grandes tenedores se prevén reducciones del 100 %, 95 %, 90 %, 85 % o 50 %, en función de la renta de referencia, la localización y la edad de los arrendatarios.

La reducción no compensa

A esto hay que sumar que, según los técnicos de Hacienda, representados en Gestha, el catálogo vigente de las reducciones en el IRPF para arrendadores no compensan económicamente a la mayoría de los propietarios, porque el descuento superior al 5 % en el precio del alquiler es mayor que el ahorro fiscal en la cuota del IRPF. Por ello, los técnicos señalan que los nuevos incentivos fiscales para particulares que no suban precio probablemente obligarán a modificar las reducciones vigentes.

Asimismo, desde Gestha recuerdan que a los arrendadores con rendimientos por debajo de 12.000 euros anuales no les afecta limitar el precio del alquiler, puesto que no obtienen ningún ahorro fiscal real al no tributar. Por el contrario, asegura que las mayores ventajas de las bonificaciones en el IRPF se concentran en los contribuyentes de rentas más altas, quienes habitualmente alquilan las propiedades de mayor valor.

Castigo a las segundas residencias

No es la única subida fiscal par los propietarios. También pagarán más, desde 2027, quienes tengan segundas residencias, a través de un cambio en la imputación de rentas inmobiliarias. A partir del 1 de enero de 2027, el porcentaje fijo actual (2 %, o 1,1 % si el valor catastral está revisado) se sustituye por una escala progresiva.

Esta va del 1,1 % para los primeros 100.000 euros de valor catastral hasta el 3 % a partir de un millón de euros. «Quien tenga varias segundas residencias pagará más, mientras que quien tenga una sola con un valor catastral bajo podría incluso pagar menos», resalta TaxDown.

Los decretos incorporan además la aplicación del tipo reducido del 10% de IVA a los alquileres de amueblados que no superen las 30 noches consecutivas por inquilino, equiparándolos fiscalmente a la hostelería. La medida excluye a las residencias habituales de los arrendadores. Se trata de inmuebles que hasta ahora, en su mayoría, estaban exentos.

Incentivos fiscales al ahorro

El decreto-ley incorpora otra sorpresa, particularmente llamativa por la falta de vinculación directa con el asunto de la vivienda. Se trata del cimiento legal para un nuevo mecanismo de ahorro incentivado, a través de los ya existentes Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo (SIALP) y del nuevo Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo Financia Europa (SIALP Financia Europa).

La Comisión Europea venía reclamando a los Estados miembro incentivos fiscales para que el ahorro de los europeos acabe en los mercados financieros comunitarios, en lugar de en cuentas corrientes o en Estados Unidos. El Gobierno, tras muchas reticencias, se abre ahora a ello, con nuevas ventajas fiscales.

Los SIALP permiten no tributar fiscalmente por los beneficios siempre y cuando no se efectúen disposiciones antes del transcurso de cinco años desde la primera aportación. La principal diferencia entre el SIALP y el SIALP Financia Europa es que este segundo instrumento eleva el límite de aportaciones hasta 10.000 euros al año, frente a los 5.000 euros del SIALP convencional.

Pero hay más diferencias. «La primera es el riesgo. El SIALP tradicional tiene que garantizar al menos el 85 % de lo aportado. El Financia Europa no está obligado a ofrecer ninguna garantía y debe invertir al menos un 30 % en renta variable, en activos europeos. El ahorrador asume más riesgo a cambio de una rentabilidad potencial mayor. La segunda es el plazo: no podrá contratarse hasta que se apruebe el desarrollo reglamentario», apunta Aitor Fernández, de Tax Down.

El borrador incluye también una nueva Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa. «Su tratamiento fiscal remite a artículos de la ley del IRPF que no están en el texto. Hasta que no se conozca el incentivo fiscal concreto, es difícil valorar si será atractiva para el pequeño ahorrador, y de eso dependerá su éxito», añade Fernández.

Todas estas medidas, no obstante, están a expensas de su aprobación por el Congreso de los Diputados. Para ello, el Gobierno ha convocado un pleno extraordinario previsto para este mismo viernes.