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Talleres de Renfe.

Talleres de Renfe.EP

La CNMC acusa a Renfe de discriminar a Ouigo y le obliga a abrirle sus talleres de mantenimiento

Competencia considera contrario a la normativa ferroviaria el trato dado al operador francés y exige respetar el acceso acordado a tres talleres hasta 2030

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dado la razón a Ouigo en su conflicto con Renfe por el acceso a los talleres de mantenimiento ferroviario. El organismo regulador ha constatado que Renfe Mantenimiento permitió a los trenes de su propia compañía realizar operaciones que había denegado al operador francés, pese a tratarse de trabajos técnicamente equivalentes. Por ello, ha ordenado a Renfe que rectifique y respete las condiciones de acceso acordadas con su competidor.

El conflicto afecta a tres instalaciones de mantenimiento: Cerro Negro/Santa Catalina y Fuencarral, en Madrid, y Can Tunis, en Barcelona. Ouigo utiliza estos talleres desde que comenzó a operar en España, inicialmente sin incidencias relevantes, según recoge la resolución publicada este martes por la CNMC.

En enero de 2025, ambas compañías alcanzaron un acuerdo para reservar capacidad de mantenimiento durante seis años, entre 2025 y 2030. El contrato se enmarcaba en una oferta de Renfe Mantenimiento que contemplaba descuentos para los operadores ferroviarios que asumieran compromisos de mayor duración.

Sin embargo, meses después, Renfe decidió reducir la capacidad previamente adjudicada a Ouigo. La compañía justificó esta decisión argumentando que determinadas operaciones previstas por el operador francés debían considerarse mantenimiento pesado y, por tanto, no podían llevarse a cabo en instalaciones destinadas al mantenimiento ligero.

La CNMC ha rechazado esta interpretación. Tras analizar las intervenciones objeto del conflicto, ha concluido que los trabajos consistentes en desmontar y montar componentes cuya reparación se realiza fuera del taller deben clasificarse como servicios básicos de mantenimiento.

Esta distinción resulta fundamental, puesto que la Ley del Sector Ferroviario establece que los operadores deben poder acceder a este tipo de servicios en condiciones transparentes, objetivas y no discriminatorias.

Pero el regulador ha ido más allá. Durante su investigación ha constatado que Renfe Mantenimiento había adjudicado capacidad a Renfe Viajeros para realizar operaciones técnicamente equivalentes a las que había rechazado a Ouigo.

Por este motivo, Competencia considera que tanto la denegación de acceso como el trato dispensado al operador francés son contrarios a la normativa vigente.

La resolución obliga a Renfe Mantenimiento a permitir que Ouigo realice las operaciones previstas en el acuerdo de reserva de capacidad firmado en enero de 2025, respetando las condiciones inicialmente adjudicadas en los tres talleres afectados.

La decisión supone un respaldo a las reclamaciones del operador francés, que había acudido a la CNMC después de que Renfe modificara unilateralmente las condiciones de acceso a las instalaciones.

Obligaciones a Ouigo

La resolución incluye, no obstante, una exigencia para el operador francés. La CNMC considera necesario que Renfe Mantenimiento disponga de información detallada sobre las necesidades de los distintos operadores para organizar adecuadamente el uso de sus instalaciones.

El regulador recuerda que la capacidad de los talleres debe gestionarse teniendo en cuenta las operaciones más frecuentes y esenciales para garantizar la prestación diaria de los servicios ferroviarios.

Por ello, también requiere a Ouigo que facilite información sobre sus necesidades de mantenimiento en el marco del acuerdo de adjudicación de capacidad.

El pronunciamiento vuelve a poner el foco en las condiciones de competencia del mercado ferroviario español, donde Renfe no solo presta servicios de transporte de viajeros, sino que también dispone de instalaciones de mantenimiento utilizadas por compañías con las que compite.

La CNMC insiste en que el acceso a estos recursos debe garantizarse en igualdad de condiciones para todos los operadores, con independencia de que pertenezcan o no al grupo propietario de las instalaciones.

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