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La ley electoral impone plazos que marcan tanto el primer domingo posible para votar como el límite de la legislatura

El posible calendario electoral si Pedro Sánchez convoca elecciones

La necesidad de evitar los periodos festivos y el rechazo a unificar citas electorales limitan las ventanas de oportunidad para disolver las Cortes

La legislatura afronta un momento decisivo en el Congreso de los Diputados con la votación de los reales decretos leyes sobre vivienda aprobados en el Consejo de Ministros. El origen de estas normas responde a la ola de protestas sociales desatada tras el desahucio de Maricarmen, lo que provocó manifestaciones y una acampada en la Puerta del Sol para exigir frenar los desalojos y prorrogar los alquileres.

Sin embargo, las medidas no cuentan de momento con apoyos suficientes para salir adelante. La negativa de Junts —que considera que los decretos suponen una «expropiación del ahorro familiar» y recortarán la oferta de pisos—, unida al voto en contra del Partido Popular y Vox, aboca los textos a su derogación en el hemiciclo.

Pese a que la oposición ha pedido renegociar el texto, Moncloa ha rechazado dar un paso atrás, buscando visibilizar la votación para convertir el veto parlamentario en la bandera política de una eventual campaña sobre la vivienda.

Esta situación de bloqueo ha disparado el debate sobre la continuidad del Ejecutivo. En las filas del propio Gobierno, diversos ministros y voces del gabinete plantean ya abiertamente la opción de ir a las urnas ante la parálisis legislativa. De no convalidarse las normas y si el Presidente decidiera apretar el botón del adelanto electoral, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) marcaría un calendario con varias fechas clave.

La opción más rápida: domingo 29 de noviembre

Si Pedro Sánchez decidiera disolver el Parlamento de forma inminente tras el Pleno, el primer domingo técnicamente posible en el calendario electoral sería el 29 de noviembre.

Para que la votación caiga en domingo, la ley electoral exige que el real decreto de convocatoria se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) un martes, celebrándose los comicios exactamente a los 54 días. Esto requeriría convocar un Consejo de Ministros extraordinario un lunes, publicar la disolución al día siguiente y llamar a las urnas el 29N.

El parón navideño y la ventana de febrero o marzo

Si Moncloa optara por no disolver las Cortes de forma inmediata, la logística del calendario obligaría a posponer la cita varios meses. Ninguna estrategia política contempla realizar la campaña electoral de 15 días ni llamar a las urnas durante las festividades de diciembre o los primeros días de enero.

Por ello, en caso de no convocar de urgencia para noviembre, el periodo más probable para acudir a las urnas se desplazaría a los meses de febrero o marzo.

Sin 'Superdomingo' y con el límite de agosto de 2027

En el escenario de que el Gobierno busque negociar nuevos apoyos e intente agotar la legislatura, el calendario se cruzaría con otras citas electorales.

Por un lado, existe una incompatibilidad con las elecciones autonómicas y municipales del 23 de mayo de 2027, ya que el Ejecutivo ha descartado un 'Superdomingo' en el que coincidan todos los procesos, por lo que las generales no se realizarían ese día.

Por otro lado, la ley establece un tope máximo legal fijado para el 22 de agosto de 2027. Si la legislatura concluyera de forma ordinaria tras cumplirse cuatro años de los comicios de julio de 2023, la norma obliga a convocar las elecciones 25 días antes del vencimiento del mandato. Publicado el decreto a finales de junio, el plazo de 54 días fijaría ese domingo de agosto como la fecha límite para ir a las urnas.