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El diputado José Luis Ábalos durante una sesión plenaria en el Congreso, en una imagen de archivoRicardo Rubio / Europa Press

Ábalos se queja al Supremo por dilaciones indebidas para resolver su petición de anular su condena

El exministro presentó el pasado mes de julio ante el Supremo un incidente de nulidad contra su condena

El exministro de Transportes José Luis Ábalos ha criticado la «dilación» en la resolución del incidente de nulidad que presentó en julio al Tribunal Supremo contra su condena a 24 años de prisión por el 'caso mascarillas'. Así lo ha trasladado su abogado en un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, dirigido a la Sala de lo Penal del alto tribunal, la misma que condenó a Ábalos y a su exasesor Koldo García.

El letrado Marino Turiel señala que, «mientras el incidente no se resuelve», su representado «no puede acceder al Tribunal Constitucional» ni al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, «con la consiguiente proyección de la dilación sobre el derecho a la tutela judicial efectiva».

El letrado indica que el derecho constitucional a un proceso sin dilaciones indebidas «alcanza a todas las fases» del mismo, «incluidas las posteriores a la sentencia en tanto no exista una resolución definitiva sobre las pretensiones de las partes». «La tramitación está completa desde el 27 de julio de 2026 y la Sala dispone de todas las alegaciones», arguye Turiel, para añadir que «las propias acusaciones sostienen que las cuestiones planteadas ya fueron examinadas» en un auto de marzo y en la sentencia.

Este hecho provoca que el tribunal solo deba responder «a la alegación deducida sobre la base del previo conocimiento y solo sobre la argumentación del alegante, lo que conlleva reflexión nueva pero no estudio de los supuestos jurídicos debatidos».

Además, el abogado recuerda que el 'caso mascarillas' se ha tramitado «con una celeridad inusual en todas sus fases», con «sesiones de mañana y tarde» durante la fase de juicio oral, una diligencia que se le exigió, aduce, «por tratarse de causa con preso».

«Entendemos que corresponde ahora a la Sala aplicar el mismo criterio de diligencia que exigió a las partes, dictando su resolución en un plazo razonable, coherente con la brevedad de los plazos y con la condición de causa con preso», indica. Y critica que «el tiempo transcurrido excede ya con mucho cualquier plazo razonable de respuesta a un trámite concebido como breve».

Ante ello, solicita a la Sala de lo Penal que resuelva «sin más dilación» el incidente, que decida «de forma inmediata» sobre la solicitud de suspensión de la ejecución de la sentencia o que, de manera subsidiaria, se le informe «del estado de tramitación y de la previsión temporal de resolución del incidente».