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CÓRDOBA, 17/05/2026.- Un votante comprueba su mesa electoral en el colegio del Palacete de Vimcorsa construido a finales del siglo XIX en el lugar donde nació el Duque de Rivas en Córdoba, este domingo. El 100 % de las 10.403 mesas electorales para los comicios autonómicos andaluces estaban constituidas a las 9.45 horas, según los datos de la web de seguimiento electoral de la Junta de Andalucía. EFE/Rafa Alcaide

Un votante comprueba su mesa electoralEFE

Elecciones generales 2026

Elecciones 29N | Voto nulo y voto en blanco: qué diferencia hay y a quién beneficia cada uno

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció la convocatoria de elecciones anticipadas el pasado 5 de octubre

La cuenta atrás para la celebración de elecciones generales en España ha comenzado. Después de que el Congreso tumbara los dos reales decretos aprobados por el Consejo de Ministros para tratar de paliar la crisis de la vivienda que atraviesa nuestro país y que ha provocado protestas en todo el territorio, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció la convocatoria de elecciones anticipadas, que tendrán lugar el 29 de noviembre.

El anuncio se formalizó el martes 6 de octubre, con su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y el engranaje electoral ya se ha puesto en marcha. Y lo hace en un ambiente de gran tensión y preocupación por los problemas que atraviesa la sociedad española: los altos precios de la vivienda, los sueldos escasos y la mala situación de los profesionales de la salud son algunos de los temas que marcarán, sin duda, la campaña, y que podrán hacer que los ciudadanos se decanten por uno u otro partido. O incluso ninguno.

Voto en blanco

El voto en blanco es aquel que se produce cuando el ciudadano quiere ejercer su derecho al voto, pero dentro del sobre no incluye ninguna papeleta. Se trata de un voto válido que se incorpora al conjunto de votos. Y aunque puede parecernos un voto echado a perder, lo cierto es que puede tener importancia en las circunscripciones en las que existe un umbral mínimo para acceder al reparto de escaños, ya que los votos en blanco aumentan el número total de votos válidos sobre los cuales se calcula el porcentaje.

En las elecciones generales, como las que tendrán lugar el 29 de noviembre, ese umbral está situado en el 3 % en cada circunscripción para el Congreso.

Voto nulo

Y, por otro lado, existe el voto nulo. El voto es nulo cuando no cumple los requisitos de la LOREG, y por eso no se cuenta como válido. Según el artículo 96 de la norma, lo es el voto emitido en una papeleta o un sobre distintos del modelo oficial, el que se introduce en la urna sin sobre y el sobre que contiene papeletas de candidaturas diferentes. Si las papeletas de un mismo sobre son del mismo partido, cuentan como un único voto válido. En el caso del Congreso, también se anula cualquier papeleta alterada de forma voluntaria: con nombres tachados, añadidos o marcados, con el orden de los candidatos cambiado o con cualquier leyenda o expresión escrita. En el Senado, el voto es nulo si se marcan más candidatos de los permitidos, que en la mayoría de provincias son tres.

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