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El defensor del Pueblo, Ángel GabilondoEuropa Press

Gabilondo no concreta cuántas peticiones recibió para recurrir la suspensión de la ley de nietos

El pasado viernes por la noche el Defensor del Pueblo –institución que encabeza el exministro socialista Ángel Gabilondo– anunció que había presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) por la paralización de la ley de nietos, acordada por el Tribunal Supremo. El escrito solicita «la suspensión cautelar de la ejecución de los autos del Tribunal Supremo cuestionados, que privan del derecho al voto de un colectivo de ciudadanos españoles residentes en el extranjero».

En un comunicado, esta entidad relató que «Ángel Gabilondo ha adoptado esta decisión tras haber recibido diversas peticiones de solicitud de amparo ante el TC de particulares y entidades, y tras haber analizado la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS del pasado lunes, 12 de octubre, cuando confirmó mantener la suspensión de votar a personas nacionalizadas por la mencionada Ley».

En este contexto, El Debate se ha puesto en contacto con el Defensor del Pueblo, y desde su departamento de comunicación han asegurado a este diario que no pueden dar más información que la que se contiene en el comunicado, y que, por ende, no pueden concretar cuántas peticiones de recurso han recibido ni quiénes las han presentado. «Varias de particulares y entidades, como decimos en el comunicado», han recalcado desde este gabinete.

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, este martes en el Congreso de los DiputadosMarta Fernández | Europa Press

Este 19 de octubre El Debate ha publicado una información de Isabel Durán en la que se recoge que Gabilondo aseguró el 12 de octubre, durante la recepción de la Fiesta Nacional en el Palacio Real, que su órgano no iba a acudir a la Corte de Garantías por la ley de nietos debido a que «por ley no podías presentar recursos cuando la causa está sub iudice».

No obstante, el recurso presentado por Gabilondo, que puede leer en este enlace, indica que «el objetivo fundamental de este recurso es conseguir el restablecimiento del derecho fundamental al sufragio activo, al voto, de algo más de 160.000 ciudadanos españoles mediante la estimación del amparo». «La suspensión cautelar del derecho al voto llevada a cabo por los Autos impugnados cobra particular significación con motivo de la convocatoria de elecciones generales en virtud del Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre (BOE número 248, de 6 de octubre)», añade el documento.

Igualmente, El Debate ha informado de que juristas han cuestionado la legitimación del Defensor del Pueblo para recurrir la suspensión de la ley de nietos. Según los jurisconsultos preguntados por este periódico, quienes se han visto afectados por la suspensión del voto no tienen todavía reconocida de forma definitiva la nacionalidad, así que no cabría considerar que la actuación del Defensor del Pueblo se dirige a proteger los derechos de ciudadanos españoles.