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Gabilondo, a El Debate hace una semana: «El Defensor no puede recurrir cuando la causa está sub iudice»

El Defensor del Pueblo me aseguró que no podía recurrir mientras la causa siguiera sub iudice. Cuatro días después pidió al Constitucional exactamente lo que CeDEU le había reclamado. Dios los cría, Sofía Puente abre la espita, los consulados los nacionalizan y milagrosamente aparecen en la Oficina del Censo Electoral en el municipio y circunscripción donde más falta le hacen a Sánchez para mover escaños en el Congreso. Es el milagro demográfico del sanchismo con la Abogacía del Estado, la Fiscalía y ahora el Defensor del Pueblo al rescate para que puedan votar sus fabricados por la falsa ley de nietos

El Defensor del Pueblo, Ángel GabilondoMarta Fernández / Europa Press

Ángel Gabilondo se ha hecho un Sofía Puente. No por el fondo del asunto, que deberán decidir los tribunales. Por la forma: decir primero una cosa y hacer después la contraria, precisamente la que convenía al Gobierno de Sánchez. El 12 de octubre, durante la recepción de la Fiesta Nacional en el Palacio Real, le pregunté expresamente si el Defensor del Pueblo iba a recurrir ante el Constitucional las cautelares del Supremo sobre la ley de nietos. Me respondió literalmente que «por ley no podías presentar recursos cuando la causa está sub iudice». Le pregunté en qué ley se sustentaba aquella prohibición. No supo concretarla, pero insistió en que el Defensor nunca actuaba hasta que las causas judiciales hubieran concluido, y precisó que «lo estaban estudiando». Cuatro días después recurrió.

El 16 de octubre, Gabilondo presentó el recurso de amparo 7160-2026 y pidió una cautelarísima para que el Constitucional neutralizara inmediatamente los autos del Supremo. Su propia demanda reconoce que los afectados habían sido llamados a personarse y que sus alegaciones todavía podían provocar la modificación o el levantamiento de las cautelares. Es decir, la causa seguía abierta. Lo que el lunes era una prohibición legal se había convertido el viernes en un obstáculo interpretable. Vox ha pedido que el amparo sea inadmitido precisamente porque el incidente cautelar continúa abierto, el plazo de personación sigue corriendo y la propia jurisdicción ordinaria todavía podía revisar sus medidas.

Entre el primer Gabilondo y el segundo aparece CeDEU

El 15 de octubre, el Centro de Descendientes de Españoles Unidos (CeDEU) pidió formalmente al Defensor que promoviera con urgencia el recurso de amparo. Al mismo tiempo, solicitó personarse ante el Supremo como parte codemandada —no como recurrente— para combatir las cautelares y presentó alegaciones para que fueran levantadas. Su admisión dependía todavía de que la Sala reconociera su legitimación procesal.

Al día siguiente, Gabilondo hizo exactamente lo solicitado por la asociación. La propia institución reconoció que adoptó la decisión después de recibir peticiones de particulares y entidades, aunque no identificó cuáles.

Lo ocurrido con Gabilondo y CeDEU (el lunes asegura que no puede recurrir; el jueves CeDEU le insta a hacerlo; y el viernes recurre) tiene un paralelismo milimétrico con Sofía Puente: el 18 de octubre de 2022, CeDEU participó junto a otras asociaciones en una reunión con Justicia y defendió que pudieran nacionalizarse los descendientes de españoles de origen sin necesidad general de acreditar el exilio. Justicia mantuvo entonces una interpretación más restrictiva, como reveló El Debate. El 20 de octubre, Sofía Puente firmó una primera instrucción, nunca publicada en el BOE, que reproducía escrupulosamente los dos requisitos acumulativos aprobados por el legislador: ascendencia española y pérdida o renuncia a la nacionalidad como consecuencia del exilio. Cinco días después publicó otra. La nueva instrucción admitía que la ley parecía referirse sólo a los descendientes de exiliados, pero invocó la «verdadera voluntad del legislador» para transformar un supuesto único en dos vías diferentes. Donde las Cortes habían escrito «y», la Administración aplicó «o». El requisito general del exilio desapareció.

Juan Manuel de Hoz, de CeDEU, explicó después que habían tenido que «aumentar presión», que había primado «la decisión política» y atribuyó un papel relevante a Pilar Cancela y a responsables de Memoria Democrática. La cronología encaja como un guante en la decisión de Gabilondo: Puente firmó primero lo que decía la ley y publicó después la interpretación que quería el Gobierno. Gabilondo dijo primero que no podía recurrir y presentó después el recurso que necesitaba el Gobierno. Primero, el límite. Después, la excepción. Dos volantazos. La misma dirección.

Cuantos menos vecinos tiene un pueblo, más electores le salen en el extranjero

Durante años, la España vaciada pidió médicos, cobertura telefónica y un autobús que pasara más de dos veces por semana. Lo que le ha llegado son electores. En Ventrosa, La Rioja, quedan 45 electores residentes, pero figuran 296 inscritos en el extranjero. En Murtas, en la Alpujarra granadina, votan desde España 332 y aparecen otros 1.067 fuera. El pueblo se vacía mientras el censo engorda: cuantos menos vecinos quedan, más votantes brotan al otro lado del océano.

El fenómeno ya es demasiado grande para esconderlo y son muchos los medios que se han sumado a descubrir el vertiginoso milagro demográfico del sanchismo destapado hace meses por El Debate: The Objective, El Español, OKDiario, Libertad Digital, La Voz de Galicia, La Razón, Vozpópuli, Heraldo de Aragón, Telemadrid y La Gaceta han publicado mapas, clasificaciones o casos concretos. En la otra orilla, la prensa amiga de Moncloa ignora los mapas y la realidad censal y dedica cuantiosos titulares sobre el «bulo del pucherazo», la «teoría conspiranoica» de Vox o los «bulos de Feijóo». El Supremo apreció un peligro «fundado, real y serio», suspendió los efectos electorales de las altas cuestionadas y obligó a distinguir quién acreditó realmente el exilio. Primero llamaron bulo a la denuncia; después el Supremo ordenó abrir el censo. Pero algunos medios siguen desmintiendo la realidad para no tener que contarla.

El milagro demográfico del sanchismo

Sánchez ha actualizado el milagro de los panes y los peces, esta vez con nietos y electores. Aspa, en Lérida, tenía dos inscritos en el exterior en octubre de 2022 y hoy tiene 26: trece veces más. Madarcos, en la sierra madrileña, tiene apenas 69 habitantes, pero 110 electores potenciales: 52 residentes y 58 adscritos desde el extranjero. Y Tres Cantos, que no existió como municipio hasta 1991, ha incorporado 215 electores CERA desde la aprobación de una norma presentada falsariamente como reparación del exilio. En total, El Debate ha localizado 5.146 nuevas altas en más de un centenar de municipios que ni siquiera existían entre 1936 y 1955.

Dios los cría, Sofía Puente abrió la espita, los consulados los nacionalizan y milagrosamente aparecen en la Oficina del Censo Electoral en el municipio y circunscripción donde más falta le hacen a Sánchez para mover escaños en el Congreso. Cuando el Supremo ha puesto el freno para velar por la legalidad de los inscritos, la Abogacía del Estado, la Fiscalía y ahora el Defensor del Pueblo confluyen en cortocircuitar las cautelares para que voten sus fabricados por la falsa ley de nietos. No cuesta entender tanta urgencia: en las cuatro últimas elecciones autonómicas —Extremadura, Aragón, Castilla y León y Andalucía— el PSOE sufrió un batacazo dentro de España, pero ganó el voto CERA en las cuatro. El voto exterior ha dejado de ser una nota al pie para convertirse en el seguro electoral de Sánchez. Por eso los consulados no han desplegado la comunicación para informar a los afectados. ¿Alguien sigue teniendo alguna duda?