El expresidente andaluz José Antonio Griñán, a su llegada al Instituto de Medicina Legal de Sevilla

El expresidente andaluz José Antonio Griñán, a su llegada al Instituto de Medicina Legal de SevillaEduardo Briones | Europa Press

Caso ERE

La Audiencia pide a la forense que concrete si Griñán puede tratarse de su cáncer en prisión

El tribunal sentenciador reclama concreción sobre si el expresidente andaluz es susceptible de aplicársele el tercer grado por razones humanitarias debido a su enfermedad

La Audiencia de Sevilla ha pedido al Instituto de Medicina Legal (IML) un nuevo informe, el tercero, sobre la idoneidad de que el expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, condenado a seis años y un día de prisión por el caso ERE, entre en la cárcel, dado el cáncer que padece y que alega para no cumplir dicha pena; después de que la Fiscalía Anticorrupción haya evaluado el último informe del IML y haya solicitado «que la médico forense concrete en sus conclusiones finales si el tratamiento que en la actualidad recibe el condenado es compatible o no con su ingreso en prisión».
Además, según la petición de Anticorrupción, en su nueva providencia, la Audiencia ordena al IML precisar si resultarían de posible aplicación en el caso de Griñán los artículos del Reglamento Penitenciario relativos al tercer grado por razones humanitarias, debido a la enfermedad que sufre el expresidente andaluz y al tratamiento médico que requiere, basado en la toma diaria de un fármaco oral y rehabilitación.
En su pronunciamiento, el Ministerio Fiscal, recordando que el Código Penal admite «la posibilidad de otorgar la suspensión de la pena» de prisión «en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables», ha advertido de que el informe forense «tampoco se pronuncia» sobre este extremo; no en vano ha solicitado a la Audiencia «que se le requiera nuevamente» al IML para que, «teniendo en su caso en cuenta el resultado de la revisión médica de Griñán prevista para el próximo día 6 de junio, se pronuncie sobre si la enfermedad que este padece puede calificarse de muy grave».
Ante ello, y tras pronunciarse el Partido Popular de Andalucía, en su papel de acusación popular, en el sentido de que «compete a la sala la resolución de acuerdo con los criterios citados, al contar con amplio margen de discrecionalidad en la concesión o denegación de la suspensión» de la pena de cárcel que solicita la defensa de Griñán, y «debiendo resolver con arreglo a Derecho», la Audiencia de Sevilla da cuenta de ambos pronunciamientos en su nueva providencia y ordena «librar un nuevo oficio al IML de Sevilla».

El último informe del IML

El pasado 24 de mayo, la Audiencia de Sevilla daba traslado a a la Fiscalía y a la acusación particular, ejercida por el Partido Popular de Andalucía y el sindicato Manos Limpias, del informe derivado del reconocimiento médico al que se sometió Griñán el pasado día 18, el cual recogía que el expresidente andaluz, aquejado de un cáncer de próstata, finalizó sus sesiones de radioterapia el 29 de marzo, «pero continúa con el tratamiento hormonal» y «se desconoce si su evolución va a ser favorable o desfavorable, ya que está pendiente de revisiones médicas en junio o septiembre».
A tal efecto, el documento avisaba de que «persiste» la consideración de «una enfermedad muy grave, pendiente de evolución» y que Griñán afronta «efectos secundarios» de su tratamiento que requieren de «una vigilancia estrecha», una vez que el Centro Penitenciario de Sevilla había notificado que para casos así el enfermo debe recurrir a «servicios hospitalarios externos» y ha puesto de relieve las «dificultades para el traslado ante situaciones de urgencia e incluso ante las propias salidas programadas de dicho centro».
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