El ex director general de Trabajo, Daniel Alberto Rivera, a su llegada a la Audiencia de Sevilla (archivo)
Caso ERE
Cuatro años de prisión para un ex alto cargo de la Junta socialista por pagos ilegales en el ERE de Fertiberia
El ex director general de Trabajo, condenado por prevaricación y malversación, tendrá que indemnizar a la Junta con 682.598,50 euros
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha condenado a cuatro años y un mes de prisión a Daniel Alberto Rivera, ex director general de Trabajo de la Junta de Andalucía socialista, en una pieza separada del caso ERE por las ayudas a 14 extrabajadores de Fertiberia. La sentencia lo declara culpable de prevaricación y malversación de caudales públicos y le impone diez años y un mes de inhabilitación y el pago de 682.598,50 euros a la Junta.
Los magistrados absuelven a un exdirigente de CC. OO., Juan Antonio Florido, y a la propia organización sindical, que estaban acusados como responsables civiles subsidiarios. La Audiencia argumenta que «no se ha podido probar que existiera una contribución eficiente y causal por parte del entonces cargo sindical». También aclara que «no consta alguna intervención especialmente sustancial en la consecución de las pólizas».
El tribunal considera probado que fue el día 2 de octubre de 2003 cuando Fertiberia interesó la tramitación de un ERE con la intención de extinguir 166 puestos de trabajo, alcanzándose un acuerdo entre empresa y trabajadores y aprobándose dicho ERE el día 3 de diciembre de ese mismo año. Los empleados podían optar por prejubilación mediante pólizas de seguro o por recibir una indemnización.
Los jueces detallan que estos extrabajadores presentaron solicitudes individuales y colectivas a la Dirección General de Trabajo, y que el entonces director general Francisco Javier Guerrero –fallecido en 2020– autorizó sus pólizas con Vitalicio Seguros. La Junta se comprometió así a aportar más de 1,9 millones de euros, aunque el coste total aumentó por intereses de demora. En 2010, ya con Rivera en el cargo, se ordenaron nuevos pagos de 70.852,96 y 464.863,22 euros a distintas aseguradoras, siempre con fondos públicos.
La sentencia enfatiza que «existió una falta completa de tramitación de expediente administrativo» y que el director general no tenía delegada la competencia para conceder la ayuda, que correspondía al consejero de Empleo. Además, «se había prescindido de una forma total del procedimiento legalmente establecido» para las subvenciones, sin publicidad, sin justificar excepcionalidad ni fiscalización previa de la Intervención Delegada.
El tribunal concluye que Rivera «conocía la falta de tramitación de ese expediente», así como la ausencia de base reguladora, convocatoria pública y control de los pagos. Por ello, lo declara autor de los delitos de prevaricación y malversación por su intervención directa en las órdenes de pago que supusieron 682.598,50 euros para las pólizas de los beneficiarios.
La sentencia incluye un voto particular de uno de los tres magistrados, que considera que Rivera debía haber sido absuelto, ya que los beneficiarios no eran personas ajenas a Fertiberia, sino trabajadores que participaron en la reestructuración laboral y entregaron sus indemnizaciones para obtener las ayudas, lo que crea «una conexión funcional, personal y cronológica» que, según su criterio, debería excluir el reproche penal. En cualquier caso, la resolución no es firme y puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.