Zonas de descanso para los trabajadores del centro

(Foto de ARCHIVO) Zonas de descanso para los trabajadores del centro

Así son las ayudas de la Junta para pymes para la prevención de riesgos laborales: de 1.200 hasta 15.000 euros

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo abre este martes el plazo de un mes para que pequeñas y medidas empresas y microempresas puedan solicitarlas

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía abre este martes 16 de junio el plazo de un mes para que pequeñas y medidas empresas y microempresas puedan solicitar ayudas –en régimen de concurrencia competitiva– dirigidas a financiar en 2026 proyectos en materia de prevención de riesgos laborales, con incentivos que oscilan entre 1.200 y 15.000 euros, pudiendo cubrir hasta el 75 % de la inversión realizada.

Esta consejería destinará un importe global de algo más de 4 millones de euros para subvenciones repartidas en dos líneas: la primera, para el fomento de las inversiones en prevención de riesgos laborales, con un montante de 3,5 millones, y la segunda, para el fomento de actividades de mejora de la integración de la prevención.

Por provincias, y en el caso de la línea 1, Almería dispondrá de 305.784 euros; Cádiz, 423.943; Córdoba, 390.186; Granada, 622.842; Huelva, 257.708; Jaén, 360.093; Málaga, 583.926 y Sevilla, 563.514 euros. Para la línea 2, Almería recibirá 43.758 euros; Cádiz, 60.666; Córdoba, 55.836; Granada, 89.130; Huelva, 36.878; Jaén, 51.530; Málaga, 83.560 y Sevilla, 80.639.

El plazo de solicitud de estas ayudas es desde el 16 de junio hasta el 15 de julio de 2026, ambos inclusive.

Impulsar entornos seguros y saludables

La oferta de ayudas se enmarca dentro de la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo 2024-2028 suscrita con los agentes económicos y sociales más representativos de Andalucía, y refuerza el compromiso del Gobierno andaluz con el objetivo de impulsar que los entornos laborales sean «seguros y saludables», promoviendo la cultura preventiva y una gestión «eficaz» de los riesgos laborales.

Para esta convocatoria «se determinan los sectores económicos destinatarios en virtud del análisis de los registros de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales del año 2025 disponibles a la fecha, según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) 2009, y publicados según el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía, y las actividades económicas destinatarias de la presente convocatoria se determinan según la CNAE 2025 que resultan de la aplicación de las tablas de correspondencia o conversión publicadas por el Instituto Nacional de Estadística», detalla la resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

La convocatoria para el año 2026, que se tramita en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, están destinadas a las pyme que, habiendo tenido en el año anterior una plantilla media de personas trabajadoras por cuanta ajena superior a una, realicen proyectos e inversiones en materia de prevención de riesgos laborales en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Los requisitos son los siguientes:

  • Ejercer su actividad económica en Andalucía, y realizar alguna de las actividades y/o proyectos de mejora de prevención de riesgos laborales, que repercuta en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma.
  • Tener la consideración de pyme, conforme a la definición que en cada momento establezca la Unión Europea. Actualmente, han de considerarse como tales, aquellas que cumplan los requisitos establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.​
  • Que el número medio anual de personas trabajadoras empleadas por la entidad solicitante en situación de alta en el Sistema de la Seguridad Social en el código de cuenta de cotización correspondiente al centro de trabajo destinatario de la actividad o proyecto a subvencionar es igual o superior a uno.
  • Que la entidad solicitante no se encuentra en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria de una subvención. Estas circunstancias son las de general aplicación a cualquier persona o entidad que solicite una subvención.
  • Que la entidad solicitante no haya recibido durante los tres últimos ejercicios fiscales ayudas de cualquier naturaleza o forma y finalidad, que tengan la consideración de minimos, y que en concurrencia con la subvención solicitada en la presente convocatoria, hagan que se supere el límite máximo aplicable a su actividad económica.
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