Familiares y amigos de Daniel se manifestaron a las puertas de los juzgados para pedir el endurecimiento de la ley del menor
Sevilla
Condenan al asesino de Isla Mayor a seis años de internamiento y «ni un día más porque la ley no lo permite»
El juez aplica al verdugo de Daniel la pena máxima que establece la ley del menor, reconociendo que «nunca habrá compensación» para «la indefinible sensación de soledad y desgarro» que sufre su familia
El magistrado de la plaza número 3 de la Sección de Menores del Tribunal de Instancia de Sevilla ha resuelto el crimen perpetrado en julio del año pasado en el poblado de Alfonso XIII, perteneciente al municipio sevillano de Isla Mayor, con seis años de internamiento en régimen cerrado para el asesino del joven Daniel Márquez. Se trata de la pena máxima que permite la ley de menor.
El verdugo de Daniel también deberá estar tres años en libertad vigilada con asistencia educativa, tal y como solicitaron la Fiscalía y la acusación particular, e indemnizar con 310.000 euros a los padres y al hermano menor de la víctima. El juez lamenta no poder aplicarle un castigo mayor por culpa de la ley del menor.
De hecho, en su sentencia señala que «ninguna duda cabe del daño moral y las lesiones psíquicas que los hechos delictivos han supuestos para los padres y hermano del fallecido», reconociendo que «no habrá nunca una compensación personal por la satisfacción económica del daño moral y psíquico producido, cualquiera y por elevada que fuera su cuantía», para «la indefinible sensación de soledad y desgarro» que sufre la familia de Daniel.
Los hechos ocurrieron sobre las 00:20 horas del 2 de julio de 2025. El menor condenado, de 15 años, se encontraba con un grupo de amigos en el poblado de Alfonso XIII cuando entablaron conversación con la víctima, de 17 años y residente en La Puebla del Río, quien había llegado hasta allí a bordo de su ciclomotor tras ser multado por la Policía Local debido a una infracción de tráfico.
Según la sentencia, el condenado le pidió a Daniel que le dejara la moto, pero la víctima se negó, provocando la ira del agresor: «Tú me vas a contestar a mí, pues ahora te cojo la moto y tú te vas a ir sin moto». Para conseguir su propósito, sacó una navaja de su riñonera y amenazó a Daniel: «Te pincho la moto como no me la des». La víctima logró escapar en su ciclomotor, dirigiéndose hacia la parada de autobús donde se produciría el ataque mortal.
Cinco minutos después, sobre las 00:25 horas, el menor se acercó a Daniel para robarle y, durante un forcejeo, le asestó hasta cuatro navajazos. La víctima intentó huir nuevamente en su ciclomotor, pero cayó desplomada, «llegando a llamar al 061 a las 00:27 horas y comunicando de manera agónica que le habían dado una puñalada y que la persona que se la había dado se había marchado». Falleció poco después debido a una hemorragia aguda secundaria a una puñalada en el hemitórax izquierdo.
Tras el ataque, el asesino se dirigió corriendo a su casa y se encontró con sus amigos, «quienes le vieron portando […] una navaja ensangrentada y con sangre en el brazo». «Quillo, lo he apuñalado», les dijo. El juez subraya la «marcada agresividad y peligrosidad social del condenado, como lo demuestran la propia dinámica delictiva de los hechos», y recuerda que era «conocido por su fama a causa de su implicación en hechos delictivos y la ostentación continua de un arma blanca».
Por todo ello, y así concluye, el magistrado ha impuesto al asesino de Daniel «las medidas solicitadas por el Ministerio Fiscal y la acusación particular [...], ni un día más porque la ley no lo permite, ni uno menos por las circunstancias antes expresadas, y ello a fin de que a través de las actividades terapéuticas, educativas y laborales que desarrolle, adquiera los suficientes recursos de competencia social para permitirle un comportamiento responsable en la comunidad».