Johanny Rodriguez Vargas, portavoz del colegio de graduados sociales
Inspección te «cruje» con multas de hasta 225.000€: lo que le pasaría a un empresario por el escándalo de Justicia en Baleares
La Inspección de Trabajo castiga como infracción muy grave la falta de alta en la Seguridad Social que el Gobierno ha permitido en su propio ministerio
La existencia de alrededor de setenta empleados públicos del ámbito de la Justicia que han estado trabajando en Baleares sin estar dados de alta en la Seguridad Social —al menos hasta que El Debate levantó la liebre— evidencia un sistema hipócrita que persigue a la empresa privada sin piedad mientras incumple sus propias normas dentro de la administración.
Para valorar el alcance de este caso, este medio ha hablado con el Colegio de Graduados Sociales, expertos en derecho laboral y de la Seguridad Social —profesionales que asesoran a empresas, trabajadores y administraciones en el cumplimiento de la normativa laboral—. La reacción al otro lado del teléfono es de total estupefacción. «Nos enteramos por la noticia de El Debate y, honestamente, es una situación difícilmente justificable desde un punto de vista jurídico», señala una de sus portavoces, Johanny Rodríguez.
«En España la normativa es muy clara: cuando un trabajador empieza en una empresa, debe estar dado de alta en la Seguridad Social antes de comenzar a prestar servicios», subrayan. «Es una obligación legal básica que afecta tanto a empresas privadas como a la propia administración pública».
De 750 a 225.000 euros por trabajador
Ese punto —la obligación idéntica para todos— es el que agrava la lectura del caso. Porque lo que en el sector privado activa de inmediato la maquinaria sancionadora, aquí se produce dentro de la propia estructura pública. «Este tipo de situaciones conlleva una infracción que puede ser grave o muy grave, con sanciones económicas importantes», advierten.
Las cifras están tasadas por ley. «Las sanciones están reguladas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Las infracciones graves pueden ir aproximadamente desde 750 hasta 12.000 euros, y las muy graves desde unos 12.000 hasta 225.000 euros», detallan. Y hay un elemento clave: «Estas sanciones se aplican por cada trabajador afectado».
La calificación concreta depende de la Inspección de Trabajo, en manos de otro ministerio: el de Trabajo, con Yolanda Díaz al frente. «Efectivamente, es la Inspección la que analiza caso por caso y determina si la infracción es grave o muy grave», explican. «Puede haber agravantes —como que el trabajador esté cobrando prestaciones por desempleo— que lleven a considerarlo muy grave».
Choque de ministerios
El escenario abre incluso una posibilidad poco habitual: que un ministerio, el de Díaz, sancione a otro, el de Bolaños. «Sí, podría ocurrir exactamente igual que con una empresa privada», confirman.
A la sanción se suma la regularización de las cotizaciones. «Existe responsabilidad en materia de cotización. Aunque el trabajador no haya estado dado de alta, se regulariza su situación y se deben ingresar las cotizaciones no abonadas, con los recargos correspondientes», señalan.
Pero más allá de la administración, la situación afecta directamente a los trabajadores. En algunos casos, el alta se ha realizado con carácter retroactivo, pero sin cubrir todo el periodo trabajado. «En ese caso, la administración debería dar de alta al trabajador desde el inicio real de la prestación de servicios», explican. «Si no se ha hecho correctamente, el trabajador puede reclamar».
Uno de los casos más llamativos es el de una trabajadora con cerca de 48 días sin cobertura efectiva. «Si la persona se ve perjudicada, podría interponer una demanda e incluso acudir a la vía penal», apuntan. No obstante, matizan que lo habitual es que intervenga la Inspección: «Si interviene, lo normal es que se regularice el alta desde la fecha real. La Inspección tiene acceso a la base de datos de la Tesorería y puede modificar fechas de alta y baja».
Asombro y perplejidad
Desde el punto de vista profesional, la reacción del colectivo es de incredulidad. «Somos un colectivo muy exigente y muy centrado en el cumplimiento de la normativa laboral», explican. «Nos sorprende mucho ver este tipo de situaciones porque, cuando asesoramos a empresas o clientes, lo primero que insistimos es en la importancia de dar de alta a los trabajadores desde el inicio».
Apostilla que se trata de una recomendación menor. «Es una de las infracciones más graves que existen y la Inspección no perdona», subrayan.
De ahí que el elemento más llamativo sea precisamente quién incumple. «Resulta especialmente llamativo porque la administración debería dar ejemplo», señalan. Aunque pueda haber factores organizativos detrás, la conclusión es clara: «Eso en ningún caso justifica el incumplimiento».
La comparación con el sector privado es inevitable y directa. «Una empresa privada respondería igual», recuerdan. «La falta de medios o de organización no exime de responsabilidad».