Sede del TSJIB y de la Audiencia Provincial de Baleares 18/5/2018Europa Press

Baleares

La Justicia otorga a una administrativa la incapacidad permanente que la Seguridad Social le había negado

El TSJ de Baleares confirma la medida definitiva para una administrativa de 54 años con fibromialgia, fatiga crónica y sensibilidad química múltiple

La Seguridad Social rechazó reconocerle una incapacidad permanente pese al deterioro físico y psicológico que arrastraba desde hacía años. Ahora, la Justicia ha corregido ese criterio y ha dado la razón a una trabajadora administrativa de Palma al considerar acreditado que sus patologías le impiden continuar desempeñando su profesión habitual. Así lo establece una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) —a la que ha tenido acceso El Debateque confirma el reconocimiento de una incapacidad permanente total para la empleada.

La mujer, de 54 años y cuya profesión habitual era la de administrativa, sufría un complejo cuadro clínico integrado por fibromialgia, fatiga crónica y sensibilidad química múltiple (SQM), además de espondilolistesis, discartrosis lumbar leve L4-L5, síndrome facetario tratado en la Unidad del Dolor, trastorno ansioso-depresivo y síndrome de apnea obstructiva del sueño. La propia sentencia enumera estas patologías y recoge que todas ellas acabaron generando limitaciones funcionales incompatibles con el desempeño normal de su trabajo habitual.

La trabajadora acudió al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente. Sin embargo, el organismo rechazó su petición mediante una resolución dictada en julio de 2023. Aunque el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) sí admitió la existencia de «fibromialgia-fatiga crónica-SQM», la Seguridad Social concluyó que las lesiones «no alcanzaban un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente».

La afectada presentó posteriormente una reclamación previa por la vía administrativa, insistiendo en que su estado de salud le impedía desempeñar con normalidad su profesión. No obstante, el INSS volvió a rechazar la solicitud al considerar que «no queda desvirtuado su fundamento, al no haber aportado nueva documentación médica que permita modificar nuestra resolución anterior».

El caso terminó llegando a los tribunales. En febrero de 2025, el Juzgado de lo Social número 3 de Palma dio la razón a la trabajadora y reconoció su situación de incapacidad permanente total para la profesión habitual de administrativa, fijando efectos económicos desde el 26 de julio de 2023 y tomando como base reguladora mensual una cuantía de 633,21 euros.

No se tuvo en cuenta el informe del forense

La Seguridad Social recurrió entonces la sentencia ante el TSJIB alegando que la valoración judicial no había tenido suficientemente en cuenta determinados extremos del informe médico forense. Entre otras cuestiones, el INSS destacaba que la mujer acudía «con mascarilla por sensibilidad química múltiple y con muletas», aunque el informe añadía también que la afectada refería problemas lumbares y episodios en los que «se queda enganchada».

Sin embargo, la Sala de lo Social rechazó el recurso y respaldó íntegramente la valoración realizada en primera instancia. Los magistrados sostienen que el juzgado analizó de manera conjunta toda la prueba médica practicada y recuerdan que «la valoración de la prueba es facultad judicial», por lo que las conclusiones alcanzadas por el juez deben prevalecer frente a la interpretación interesada de una de las partes.

La sentencia añade además que el recurso del INSS pretendía apoyarse en «la interpretación de parte de las pruebas practicadas» para intentar modificar la conclusión alcanzada en instancia. Frente a ello, el TSJIB concluye que las limitaciones funcionales acreditadas conllevaban «la imposibilidad de realizar su profesión», motivo por el que termina confirmando la incapacidad permanente total reconocida a la administrativa y desestimando el recurso presentado por la Seguridad Social.