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La Justicia rechaza hacer fija a una interina que enlazó 19 nombramientos y se presentó a tres oposiciones

La justicia considera que la Administración balear no incurrió en un abuso en la contratación temporal

Trece años. Seis meses. Veintisiete días. Ese es el tiempo que una profesora de latín, griego y cultura clásica estuvo trabajando como interina para la Administración balear. Una sucesión de nombramientos en institutos de Menorca que la llevó a acudir a los tribunales para reclamar que se reconociera su condición de funcionaria de carrera y una indemnización de 18.000 euros. Pero el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) acaba de decir que no.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, dictó la sentencia el pasado 3 de julio de 2026 en un fallo que desestima el recurso presentado contra la Administración autonómica.

La historia laboral de la recurrente es larga. Empezó a prestar servicios para la Conselleria de Educación el 1 de septiembre de 2006. Desde entonces pasó por varios centros de secundaria de Menorca y acumuló 19 contratos como profesora de griego, latín y cultura clásica. El cómputo acreditado por la propia sentencia asciende a 13 años, seis meses y 27 días.

También reclamaba 18.000 euros

La profesora sostenía que aquella temporalidad había sido abusiva. Y reclamaba ser nombrada funcionaria de carrera. Como alternativa, pedía convertirse en personal público fijo equiparable a los funcionarios de carrera. También reclamaba cobrar 18.000 euros por los perjuicios derivados de la sucesión de contratos temporales.

Pero para los magistrados hay un elemento decisivo y es que la Administración sí convocó plazas. La sentencia recoge que durante esos años se convocaron procesos selectivos para las especialidades de griego y latín. La recurrente, además, participó en las convocatorias de 2010, 2018 y 2020 —esta última aplazada a 2021—.

La Sala recuerda que el Derecho europeo prohíbe el uso abusivo de la temporalidad pero señala que hay que estudiar cada caso y comprobar si los nombramientos sucesivos estaban realmente destinados a cubrir una necesidad permanente.

En este caso, los magistrados entienden que la Administración consiguió demostrar que no era así y que no hubo abuso. «Entendemos que la Administración ha demostrado que los distintos nombramientos temporales no lo eran para atender las necesidades permanentes», sentencia.

La Sala considera que la Comunidad Autónoma había adoptado medidas para evitar que la temporalidad se perpetuara, fundamentalmente mediante la convocatoria periódica de plazas vacantes. Por eso descarta que la relación laboral de la docente pueda considerarse una utilización abusiva del empleo público temporal.

La sentencia añade una segunda cuestión importante. Incluso si el tribunal hubiera apreciado abuso en la contratación, tampoco habría concedido automáticamente a la profesora la condición de funcionaria fija. El motivo es constitucional: el acceso a la condición de funcionario de carrera exige superar un proceso selectivo basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad.

«La cláusula 5 del Acuerdo Marco no impone a los Estados miembros una obligación general de transformar en contratos por tiempo indefinido los contratos de trabajo de duración determinada», recuerdan los magistrados.

Tampoco prospera la reclamación económica. Los magistrados descartan los 18.000 euros solicitados y recuerdan que la jurisprudencia del Tribunal Supremo tampoco reconoce automáticamente una indemnización por el mero hecho de haber existido, en su caso, una situación de abuso.

La profesora, sin embargo, no tendrá que pagar las costas del procedimiento. El TSJB decide no imponerlas por la «incertidumbre jurídica» que existía cuando se presentó la demanda y por las distintas interpretaciones que habían generado entonces las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la temporalidad.

La sentencia puede ser recurrida en casación dentro de los supuestos y plazos previstos legalmente. Se cierra, por ahora, la batalla judicial de esta docente por conseguir la fijeza.