Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Baleares

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de BalearesGetty Images

Condenada la okupa de un edificio propiedad del Obispado de Mallorca: sólo pagará 540 euros

La mujer se instaló sin permiso ni contrato en el antiguo restaurante de Na Burguesa junto a su pareja y dos menores en noviembre de 2025

Un juzgado de Instrucción de Palma ha condenado por un delito leve de usurpación a una mujer que ocupó el antiguo restaurante de Na Burguesa, propiedad del Obispado de Mallorca. La sentencia le impone una multa de 540 euros y ordena el desalojo del inmueble, después de que la diócesis denunciara la ocupación para recuperar unas instalaciones que llevaban años cerradas.

La mujer se había instalado en el establecimiento junto a su pareja y dos menores de edad, de dos y catorce años. Según ha avanzado Ultima Hora, la resolución considera acreditado que la familia residía en el inmueble, situado en el mirador de Na Burguesa, al menos desde noviembre de 2025.

El conflicto se remonta a la okupación de este edificio, ubicado en el corazón de la barriada palmesana de Gènova y vinculado a la Parroquia de la Transfiguración del Señor. El inmueble forma parte de un conjunto religioso protegido que incluye un santuario, una capilla y la imagen de la Virgen. El Obispado defendió desde el principio el valor patrimonial y religioso del enclave, al que definió como «un lugar de culto y de especial significado espiritual para el vecindario».

Un lugar de culto y de significado espiritual

La diócesis presentó la denuncia en febrero, aunque la identificación de las personas que residían realmente en el edificio retrasó la tramitación del procedimiento durante varios meses. Finalmente, la mujer fue localizada y citada a juicio por un delito leve de usurpación. La vista se celebró el pasado mes de septiembre.

Durante el juicio, la acusada reconoció que había entrado en el antiguo restaurante sin autorización y que no disponía de ningún contrato que le permitiera permanecer en él. También aseguró que ya había abandonado las instalaciones.

El Obispado alegó que el edificio no reunía las condiciones mínimas para ser utilizado como vivienda y podía suponer un riesgo para la salud y la seguridad de quienes residían en él. Además, aseguró que había intentado encontrar una solución habitacional para la familia antes de acudir a los tribunales. Para ello, ofreció varias alternativas con la colaboración de Cáritas y de los servicios del Ayuntamiento de Palma. Sin embargo, según la versión del Obispado, la familia rechazó las propuestas.

La propia mujer reconoció ante la televisión autonómica IB3 que no tenía situación habitacional estable, y que había rechazado la oferta económica del Obispado, que se había comprometido a cubrir un alquiler de entre 600 y 800 euros mensuales, porque consideraba que esa cantidad resultaba inasumible.

La sentencia todavía no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial. Una vez que sea firme, el Obispado podrá solicitar su ejecución y reclamar el desalojo del inmueble si los okupas no lo han abandonado voluntariamente.

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