Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Baleares

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de BalearesGetty Images

Convierte un gallinero y un almacén en una vivienda en Menorca y recibe una multa de 110.000 euros

  • La propietaria alegó cobrar el paro y tener ingresos inferiores a 14.000 euros al año para frenar la sanción económica

  • El TSJB exige un aval de casi 138.000 euros y mantiene suspendida cautelarmente la demolición mientras se resuelve el litigio

Convertir un gallinero y un almacén en una vivienda le ha costado a una propietaria de Menorca una sanción urbanística de 110.144,78 euros. El Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico de la Isla de Menorca cazó las obras ilegales y ordenó en 2025 demoler las obras, incluida la ampliación de otro almacén. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha aceptado que la mujer pueda aplazar el pago de la multa mientras se resuelve el litigio, aunque con la condición de que presente un aval o una garantía de casi 138.000 euros.

La propietaria acudió a los tribunales para intentar evitar tanto el pago inmediato de la sanción como la demolición de las construcciones. En primera instancia consiguió paralizar el derribo, pero no la multa. El juzgado consideró que no había demostrado que pagar los 110.144 euros pudiera ocasionarle un perjuicio económico irreparable.

La mujer recurrió esa decisión y expuso que sus ingresos anuales eran inferiores a 14.000 euros y procedían de prestaciones del subsidio de desempleo. Es decir, la multa equivale a casi ocho años de los ingresos que aseguraba percibir.

También trató de aclarar la situación de sus propiedades. En sus declaraciones de la renta aparecían tres inmuebles, pero aseguró que dos estaban embargados por la propia Administración para garantizar el cobro de la sanción. El tercero, del que decía tener únicamente una tercera parte heredada, ya había sido vendido.

El Consorcio, por su parte, defendió que la mujer disponía de patrimonio y recordó que había sido la promotora de las obras. También señaló que la venta del inmueble debía haberle reportado unos ingresos.

El tribunal no le perdona la multa

El TSJB ha dado la razón a la propietaria en parte. No elimina la sanción ni declara legales las obras. Lo que hace es permitir que no tenga que pagarla de inmediato, siempre que garantice que la Administración podrá cobrarla si finalmente pierde el procedimiento.

La Sala explica que las multas administrativas deben ejecutarse, por regla general, sin esperar a que termine el proceso judicial. Sin embargo, admite excepciones cuando el importe puede poner en peligro la economía familiar.

La sentencia establece que «la comparación debe realizarse entre el importe de la sanción y la concreta situación patrimonial de la persona sancionada, por cuanto el perjuicio no es el mismo según la capacidad económica del sancionado».

Pero los magistrados tampoco quieren que la Administración se quede sin cobrar si la propietaria acaba perdiendo el juicio y entretanto se declara insolvente. Por eso imponen una garantía económica.

En concreto, deberá presentar un aval bancario, una fianza u otra garantía legal por los 110.144,78 euros de la multa, más un 25% adicional para cubrir posibles intereses, recargos y costas. En total, cerca de 137.681 euros.

El tribunal establece que, si no constituye esa garantía en el plazo de un mes desde que la sentencia sea firme, la multa podrá ejecutarse.

La resolución, fechada el 21 de octubre de 2026 y a la que ha tenido acceso El Debate, mantiene así la suspensión de la demolición acordada anteriormente y permite también aplazar el pago de la sanción, pero únicamente bajo esa condición.

La batalla judicial no ha terminado. La propietaria sigue teniendo pendiente la multa y la orden de demolición. Lo que ha conseguido es ganar tiempo mientras se resuelve el fondo del asunto.

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