(Foto de ARCHIVO) Audiencia Provincial de Ciudad Real. Palacio de Justicia. EUROPA PRESS 18/1/2023
Pena de prisión mínima para un hombre de 67 años que violó a su compañera de piso de 22 en Puertollano
La Fiscalía pedía 10 años de prisión para el acusado, que se reducen a la pena mínima de cuatro años por el reconocimiento de los hechos que ha llevado a alcanzar un acuerdo
Los hechos ocurrieron el 7 de mayo de 2022, fechan en la que la víctima tenía 22 años de edad, mientras el ya condenado sumaba 67. Los por entonces compañeros de piso coincidieron aquel día en un bar de Puertollano, donde el hombre la invitó a unas cervezas.
Más tarde, marcharon a otro local donde ella empezó a encontrarse mal, vomitando en el baño del establecimiento, propiciando que el dueño del bar pidiera al hombre que la acompañara a casa por su mal estado. En el domicilio que compartía, la joven se durmió en su cama y el condenado comenzó a besarla «de forma súbita» cuando se despertó.
El hombre aprovechó el estado de la víctima para agredirla sexualmente. La mujer llegó a coger su teléfono para grabar lo que estaba pasando y mandárselo a una amiga mientras le enviaba mensajes de socorro.
La víctima comenzó posteriormente a llorar y manifestó su negativa a continuar, momento en el que el procesado desistió coincidiendo con la llegada al domicilio de la amiga y su pareja, que habían acudido en su auxilio.
Pena mínima
El juicio en la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha sentenciado una condena de cuatro años de prisión para el acusado, tras reconocer los hechos alcanzando un acuerdo antes de celebrarse el juicio. La Fiscalía pedía inicialmente para el acusado diez años de prisión por un delito de agresión sexual en su modalidad de violación a persona especialmente vulnerable.
Finalmente, el reconocimiento de los hechos por parte del acusado ha permitido alcanzar una conformidad, según ha explicado a los medios la fiscal María Arévalo tras la vista celebrada este miércoles en la Audiencia Provincial. La fiscal ha explicado igualmente que, teniendo en cuenta la legislación aplicable a los hechos, se ha impuesto al procesado la pena mínima correspondiente, fijada en cuatro años de prisión.
A la pena privativa de libertad se suman distintas medidas accesorias, entre ellas una orden de alejamiento respecto de la víctima, un periodo de libertad vigilada y la obligación de participar en programas relacionados con la conducta sexual.