Agentes de la Policía Nacional, en Valladolid, en una imagen de archivo

Agentes de la Policía Nacional, en Valladolid, en una imagen de archivoPolicía Nacional

Valladolid

La Justicia obliga al Estado a indemnizar con 3.600 euros a un policía nacional herido en acto de servicio

Jupol celebra la sentencia llegada tras resoluciones administrativas «injustas» y apunta a que la Administración «no puede desentenderse de su obligación de proteger y resarcir a los agentes»

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha estimado íntegramente el recurso interpuesto en defensa de un agente de la Policía Nacional de Valladolid y ha condenado a la Administración General del Estado a indemnizarle con 3.600,05 euros, más los intereses legales correspondientes, por las lesiones sufridas durante una intervención policial en acto de servicio.

La sentencia, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Castilla y León, supone «un nuevo respaldo a la labor que Jupol desarrolla en la defensa jurídica» de los policías nacionales frente a resoluciones administrativas «injustas» y confirma que la Administración «no puede desentenderse de su obligación de proteger y resarcir a los agentes que resultan lesionados en el ejercicio de sus funciones», según apunta el sindicato a través de un comunicado.

En este caso, la Dirección General de la Policía había denegado la reclamación presentada por el agente, al argumentar que el derecho a ser indemnizado estaba «prescrito». Sin embargo, el Alto Tribunal autonómico ha rechazado esta interpretación para reconocer el derecho del policía a percibir la cuantía reclamada «en aplicación del principio de indemnidad, un principio jurídico esencial que obliga a la Administración a reparar los daños sufridos por sus funcionarios cuando estos se producen en acto o con ocasión del servicio».

La resolución judicial resulta «especialmente relevante» porque, a juicio de Jupol, «desmonta la tesis sostenida por la Administración y fija con claridad que el plazo de prescripción no comienza desde la fecha en la que se produjeron las lesiones, sino desde el momento en que el agente tiene conocimiento fehaciente de la insolvencia del responsable civil condenado».

Fachada del Tribunal Superior de Castilla y León

Fachada del Tribunal Superior de Castilla y León

En el caso analizado, la Sala determina que ese conocimiento se produjo en noviembre de 2023, por lo que la reclamación presentada en marzo de 2024 se encontraba plenamente dentro del plazo legal de cuatro años, detalla el comunicado.

«Asimismo, el tribunal recuerda que esta obligación de resarcimiento no deriva de la responsabilidad patrimonial ordinaria de la Administración, sino de la propia relación de servicio que une al funcionario con la Administración, reforzando así la protección jurídica de los policías nacionales que sufren daños en el cumplimiento de su deber», añade Jupol.

Negativas administrativas injustificadas

Desde Jupol han valorado el «excelente trabajo» de sus servicios jurídicos en Valladolid, con una actuación «determinante» para lograr un «nuevo éxito judicial en defensa de los derechos» de los agentes.

«Esta sentencia no solo supone una reparación económica para el agente afectado, sino que también marca un importante precedente para todos aquellos policías nacionales que, tras resultar lesionados en acto de servicio, se han encontrado con negativas administrativas injustificadas», finaliza.

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