Imagen de archivo de la explotación a cielo abierto de Santa Lucía de Gordón (León)
Absueltos todos los acusados del supuesto fraude millonario del carbón en una mina de León
El tribunal basa su fallo absolutorio en la declaración de nulidad de las entradas y registros practicados en las instalaciones de la Hullera Vasco-Leonesa, Transportes Peal y en el centro de datos de La Robla
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León ha absuelto a todos los directivos y empresas, entre ellas la Hullera Vasco-Leonesa, que estaban acusados por un presunto fraude en la extracción de carbón en la mina de Santa Lucía de Gordón (León), al declarar nulos los registros que originaron la principal prueba de cargo.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, exime de responsabilidad penal a la histórica sociedad minera Hullera Vasco-Leonesa y a las contratas Transportes Peal y Restauraciones Mineras S.A., así como a sus directivos, todos acusados por supuestos delitos contra la Hacienda Pública y falsedad en documento mercantil correspondientes a los ejercicios de 2011 a 2013.
Los acusados, ahora absueltos, son Antonio del Valle, Arturo del Valle, Mario Calvo, Juan Manuel Alonso y Francisco Javier Luengo. Había otro acusado, José Manuel Alonso, conocido como Manolo Peal, que falleció el pasado marzo a los 87 años, mientras que un sexto directivo había salido del proceso con carácter previo a la celebración del juicio al constatarse que padece un grave deterioro cognitivo progresivo que le impedía comprender su situación procesal y ejercer su derecho de defensa.
Durante el juicio, que duró diez días, la Fiscalía y la Abogacía del Estado sostuvieron que los acusados idearon una trama «deliberada y pactada» para hacer pasar el mineral extraído en los cielos abiertos por carbón de interior, con el objetivo de cobrar mayores subvenciones estatales, que en su momento eran cinco veces superiores para esta última categoría.
Las acusaciones mantenían que existió una sobrefacturación mediante viajes ficticios e infrafacturación de carbón y cifraban el presunto fraude en más de 2,1 millones de euros, por lo que solicitaban penas de hasta doce años de prisión para los directivos de la Hullera y de siete años y medio para los responsables de Peal.
Los acusados, durante el juicio, negaron la trama y afirmaron que la facturación correspondía a trabajos reales avalados por mediciones topográficas, mientras que un perito de la Inspección de la Agencia Tributaria en Castilla y León afirmó que había viajes para recoger carbón «inventados» que se añadían a mano y facturas «poco habituales», hechas a veces entre dos personas e incluso con faltas de ortografía.
El perito cifró esa diferencia entre lo real y lo facturado en un 21 por ciento el primer año, en un 17 por ciento el segundo y en un 28 por ciento el tercero.
Fallo absolutorio
El tribunal basa su fallo absolutorio en la declaración de nulidad de las entradas y registros practicados en las instalaciones de la Hullera Vasco-Leonesa, Transportes Peal y en el centro de datos de La Robla.
La Sala considera que estas actuaciones vulneraron el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio, ya que las autorizaciones carecían de una motivación suficiente respecto a la necesidad y proporcionalidad de la medida.
Como consecuencia de esta vulneración, los magistrados han expulsado del procedimiento toda la prueba documental incautada y los informes periciales elaborados por los inspectores de Hacienda que derivaban de dicha documentación.
Al desecharse esta prueba principal, la Audiencia de León concluye que la actividad probatoria restante resulta insuficiente. Contra este fallo absolutorio cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León