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02 de mayo de 2024

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Mora de Ebro y Alcover imponen el catalán como lengua de uso exclusivo en sus administraciones

Los consistorios excluyen la atención en castellano a una solicitud previa y Convivencia Cívica Catalana ha presentado alegaciones a la norma

Ya estaba ocurriendo en diferentes administraciones catalanas pero ahora se quiere convertir en norma oficial. Los vecinos de las localidades catalanas de Mora de Ebro y Alcover (Tarragona) si quieren ser atendidos en castellano, lengua oficial del país, deberán de pedirlo de forma expresa, ya que por disposición el catalán será la lengua de uso «exclusivo» de ambas administraciones municipales.
Así queda reflejado en el artículo 6 del nuevo Reglamento Orgánico Municipal que ha quedado listo para aprobar y que Convivencia Cívica Catalana (CCC) ha denunciado presentando alegaciones para que se cambie dicho artículo y el castellano y el catalán sean lengua de uso indistintamente. «Si no se modifica el artículo, Convivencia Cívica interpondrá la correspondiente demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña», expresan.
La exclusividad del catalán en las administraciones de forma oficial comienza a ser tendencia. Estos dos ayuntamientos se han unido a los de El Masnou y Piera (Barcelona) quienes han aprobado reglamentos similares con respecto a la lengua y contra los que CCC ya ha interpuesto denuncias. «La denuncia contra el Ayuntamiento de El Masnou está pendiente de sentencia y la semana pasada se interpuso demanda ante el TSJC respecto al nuevo Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Piera, con un contenido idéntico», explica el presidente de Convivencia Cívica, Ángel Escolano.
«El objetivo es que se reconozca el derecho de los ciudadanos a que la administración se les dirija en castellano sin necesidad de tener que pedirlo y sin que sea legítimo exigirle ninguna formalidad más», razona Escolano. CCC aboga por que en los consistorios catalanes «se use ambas lenguas con normalidad, sin que en ningún caso el catalán sea lengua exclusiva», defiende Escolano.
En las alegaciones, presentadas este miércoles en ambos entes públicos, CCC argumenta que los consistorios realizan una «incorrecta transposición del artículo 50.5 del Estatuto de Autonomía vulnerando el artículo 3 de la Constitución española» en donde se dice que el catalán debe ser lengua de uso de las administraciones. Sin embargo, dicha interpretación, continúa Escolano, «choca frontalmente con la que del mismo efectúa el Tribunal Constitucional en su Sentencia 31/2010, de 28 de junio de 2010», en donde se especifica que «este deber de utilizar el catalán no supone la prohibición de utilizar el castellano por las entidades públicas y privadas y el personal a su servicio en las relaciones internas y externas».
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