El presidente de Junts, Carles Puigdemont, en una imagen de archivo
Cataluña
Puigdemont contiene la respiración: el abogado general del TJUE presenta hoy su conclusión sobre la amnistía
Se pronunciará sobre dos aspectos concretos de la ley: la malversación y el terrorismo
La ley de amnistía pasa este jueves su primer test en Europa. Y es que el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Dean Spielmann, emitirá este jueves su dictamen sobre la ley, una de las normas más controvertidas de la reciente historia democrática de España.
El pronunciamiento, que no es vinculante, pero suele marcar el rumbo de las sentencias del tribunal, llega tras las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional, y somete a examen europeo tanto el alcance jurídico de la amnistía como su encaje en los valores fundacionales de la Unión.
Se trata, en realidad, de un juicio en dos planos. En uno, el jurídico, Luxemburgo debe pronunciarse sobre si la amnistía vulnera la obligación de los Estados de proteger los intereses financieros y la seguridad de la Unión. En otro, el político, Bruselas y el TJUE miden el impacto que una medida de naturaleza interna puede tener sobre la credibilidad del Estado de Derecho en un país miembro.
No hay que perder de vista que este pronunciamiento llega en un momento en que las relaciones entre el Gobierno y Junts están más que tensionadas. Desde la formación de Carles Puigdemont se insiste en que la «ruptura» es total. Este mismo miércoles, la portavoz de Junts en el Congreso, Míriam Nogueras, le decía a Pedro Sánchez, al que tildaba de «cínico» y de «hipócrita», que «nuestra relación ha acabado».
Y lo que pueda decidir el TJUE puede empeorar más la situación, sobre todo por la posición en la que pueda quedar Puigdemont, que sigue huido de la justicia en Bélgica. Necesita que el tribunal europeo valide la norma y que el Constitucional considere que la amnistía es aplicable a la malversación del proceso independentista, en contra del criterio del Tribunal Supremo.
El dinero del 1-O y el caso de los CDR
El Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional llegaron al TJUE por caminos distintos, pero convergentes. El primero preguntó si la ley puede borrar las responsabilidades contables derivadas del gasto público empleado en el referéndum del 1 de octubre de 2017, cuando altos cargos del Govern, entre ellos Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Raúl Romeva o Dolors Bassa, habrían destinado fondos públicos a la logística del referéndum ilegal del 1 de octubre.
Vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la Gran Sala
La duda central es si esa exoneración afecta al deber de los Estados miembros de proteger los fondos de la Unión, aunque en este caso no se utilizaron recursos comunitarios. Sociedad Civil Catalana es la entidad que ha mantenido viva esta cuestión en el Tribunal de Cuentas
La Audiencia Nacional, por su parte, planteó un problema distinto, pero más sensible: la compatibilidad de la amnistía con la legislación europea en materia de terrorismo, en el marco de la Operación Judas, en la que doce miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) están procesados por pertenencia a organización terrorista.
La amnistía incluye expresamente la extinción de responsabilidad penal por este tipo de delitos, lo que ha encendido todas las alarmas en Bruselas. En este caso, la Asociación Catalana de Víctimas del terrorismo, la ACVOT, ha rechazado que se les aplique la amnistía.
«Autoamnistía»
De hecho, durante la vista celebrada el pasado septiembre en Luxemburgo, la Comisión Europea mantuvo una posición de fondo crítica hacia la norma. El abogado de la Comisión, Carlos Urraca, calificó la amnistía como una «autoamnistía» que podría entrar en conflicto con los valores fundacionales de la UE, esto es el respeto a la igualdad ante la ley, la separación de poderes y el principio de legalidad penal, si su motivación principal fue asegurar una mayoría parlamentaria.
Bruselas abordó ambas cuestiones con matices. En la del Tribunal de Cuentas, la Comisión reconoció que el caso no implica fondos europeos y, por tanto, el impacto financiero directo sería limitado. Pero subrayó el precedente político y jurídico que supondría permitir a un Estado miembro extinguir responsabilidades contables por razones ideológicas o de oportunidad política. Sería, advirtió Urraca, un mensaje de relativismo institucional frente a la gestión del dinero público.
Más dura fue la posición comunitaria sobre la cuestión de la Audiencia Nacional. En este caso, la Comisión alertó de que amnistiar delitos que puedan ser calificados como terrorismo contraviene la Directiva 2017/541, que impone una obligación positiva a los Estados de perseguir y sancionar esas conductas.
El riesgo, según la interpretación comunitaria, no reside tanto en el contenido concreto de los actos de los CDR, sino en el precedente de que un gobierno o un parlamento puedan decidir, por razones políticas, dejar sin efecto la acción penal en ese ámbito.
La Comisión también llamó la atención sobre la redacción ambigua de la ley. Carlos Urraca, durante su intervención, reprochó falta de «certeza, precisión y previsibilidad», lo que, según los servicios jurídicos de Bruselas, podría vulnerar el principio de seguridad jurídica y abrir la puerta a interpretaciones arbitrarias.
La Abogacía del Estado replicó con una defensa institucional de la norma. Sostuvo que la amnistía no vulnera el derecho de la Unión porque no afecta ni a los fondos europeos ni a las obligaciones básicas derivadas de los tratados. Además, recordó que el Tribunal Constitucional ya ha avalado la ley como un instrumento legítimo de reconciliación y superación de un conflicto político enquistado.
El argumento de fondo del Gobierno es político-jurídico: si el legislador tiene la potestad para criminalizar una conducta, también puede despenalizarla o extinguir sus efectos cuando así lo justifique el interés general. También se defendió que el Derecho de la UE no prohíbe las amnistías, siempre que respeten los valores comunes.
La lectura que se espera de Luxemburgo
El luxemburgués Dean Spielmann, abogado general del TJUE desde 2024 y expresidente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, será el encargado de emitir este jueves la primera interpretación europea sobre la ley. Su informe no será vinculante, pero en la mayoría de los casos el TJUE adopta criterios próximos a los del abogado general.
Spielmann deberá equilibrar el respeto al margen de apreciación nacional con la defensa de los valores europeos. Su dictamen podría distinguir entre ambos casos: una valoración menos problemática en el ámbito contable y una posición más exigente respecto al bloque antiterrorista europeo.
Y todo ello, mientras en España, la amnistía sigue encallada en los principales tribunales. El Supremo ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad, el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional han suspendido sus procedimientos, y el Constitucional ha validado la norma, pero con la exigencia de que beneficie también a los no independentistas en situaciones equivalentes.
La decisión de Luxemburgo, por tanto, será más que un pronunciamiento técnico: marcará si la Unión acepta o no que un Estado miembro invoque la reconciliación política como causa legítima para borrar responsabilidades judiciales.
Una opinión desfavorable de Spielmann, o una sentencia posterior del TJUE en el mismo sentido, no anularía la ley, pero reforzaría la posición crítica de la Comisión. Si, en cambio, el abogado general considera que la amnistía española no vulnera el derecho de la Unión, el Gobierno de Pedro Sánchez obtendría un importante respaldo político y jurídico.
Más pronunciamientos
En cualquiera de los escenarios, la cita de este jueves en Luxemburgo supondrá el primer test de legitimidad europea de la amnistía. El primero, porque el tribunal tiene que pronunciarse sobre otras cuestiones: la consulta del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por la amnistía de los ex altos cargos del Govern Josep Maria Jové y Lluís Salvadó en la organización del referéndum ilegal.
Y no hay que olvidar la prejudicial presentada por un juez de Vilanova i la Geltrú al considerar que la ley de amnistía podría vulnerar varios principios legales. El juez elevó esta cuestión en el marco de un procedimiento contra un ciudadano que, en las elecciones generales de 2019, no quiso sacarse el lazo amarillo que llevaba, a pesar de que era vocal en una mesa electoral.
La Fiscalía lo denunció por un delito de desobediencia y otro de incumplimiento de obligaciones electorales. Aun así, tanto el propio ministerio público como la defensa creen que se lo puede amnistiar. La novedad del caso, es que era la primera vez que se esgrimía directamente el argumento de que la ley se hizo con un objetivo claro: conseguir la investidura de Pedro Sánchez.
En cualquier caso, y tras conocer el pronunciamiento del abogado general, aún habrá que esperar unas semanas más para conocer la sentencia del TJUE, que redactará el vicepresidente del tribunal, Thomas von Danwitz. Se espera que se pueda conocer a finales de año.