Acto de izado de la 'senyera' del Parlament, el pasado 10 de septiembre
Cataluña
El Parlamento catalán recurre la obligación de exhibir de forma permanente la bandera de España
Desde la cámara catalana defienden que no hay discriminación porque ambas banderas, la catalana y la española, se exhiben solo cuando hay pleno
El Parlamento de Cataluña ha presentado este martes un recurso de reposición ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) contra la orden judicial que le obliga a exhibir «de forma inmediata y permanente» la bandera de España en la fachada de la cámara. La medida cautelar fue dictada el pasado 20 de marzo a raíz de una petición de la asociación Impulso Ciudadano.
Fuentes de la Mesa del Parlament han defendido que no existe «trato discriminatorio» entre la bandera española y la catalana, ya que ambas se izan únicamente en días de pleno, una práctica que, según subrayan, se mantiene de forma ininterrumpida desde 1981 y que fue ratificada mediante un acuerdo formal en 2009.
La resolución del TSJC, adoptada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo sobre la Ley 39/1981, que regula el uso de los símbolos oficiales. Según esta interpretación, la bandera nacional debe ondear de manera continuada en todos los edificios públicos como expresión de la soberanía del Estado y de los valores constitucionales.
El auto judicial considera que la práctica del Parlament, limitar la exhibición de la bandera a jornadas de actividad parlamentaria, contraviene la normativa vigente. Además, sostiene que la medida cautelar no perjudica el interés general, sino que garantiza la neutralidad institucional y la representación de todos los ciudadanos. No obstante, el tribunal rechazó otra de las solicitudes de Impulso Ciudadano, que pedía extender la obligación de exhibición de la bandera también al interior del edificio.
Desde el Parlament, el recurso presentado insiste en el valor de la «costumbre institucional» consolidada durante décadas y cuestiona la necesidad de alterar este criterio mientras no exista una resolución firme sobre el fondo del litigio. En función de la respuesta del TSJC, la cámara catalana no descarta elevar el caso al Tribunal Supremo mediante un recurso de casación.
Por su parte, Impulso Ciudadano defiende que el respeto a los símbolos oficiales no es una cuestión meramente protocolaria, sino un elemento esencial para garantizar la inclusión y la igualdad de todos los ciudadanos. La entidad también ha advertido de que seguirá vigilando el cumplimiento de la legalidad en materia de símbolos en Cataluña.