(Foto de ARCHIVO) Diputados durante una sesión plenaria en el Parlament de Catalunya, a 29 de abril de 2026, en Barcelona, Catalunya (España). En el pleno del Parlament de Catalunya debate los dictámenes de los proyectos de ley de la Filmoteca de Catalunya y de medidas urgentes para el sector agrario y forestal. También se aborda la validación del decreto sobre prestaciones para la dependencia extrema. David Zorrakino / Europa Press 29/4/2026
El Parlament valida el decreto de medidas urgentes para reducir las listas de espera de dependencia
Incluye las ayudas automáticas en solicitudes de prestación de servicio y la condonación de deudas
El pleno del Parlament ha convalidado este martes el decreto ley de medidas urgentes del Govern en el ámbito de la dependencia, con el objetivo de reducir las listas de espera y mejorar la atención, el llamado 'Pla Cura', y que incluye la condonación de deudas por pagos indebidos de ayudas.
Ha contado con el apoyo de PSC-Units, Junts, ERC, Comuns, CUP y Aliança Catalana, y la abstención de PP y Vox.
Con este nuevo marco y conectando los datos de Salud y de Derechos Sociales, se establece que se priorizará la tramitación de los expedientes que pidan valoración del grado III+, el más severo, para valorarlos de forma semiautomática, y de aquellos que presenten «evidencias clínicas y una limitación funcional grave con potencial de grado III».
Ayudas automáticas
El decreto plantea que, una vez se reconozca el grado de dependencia, aquellas nuevas solicitudes con petición de servicio recibirán automáticamente esta ayuda (100 euros grado 1, 150 euros grado 2 y 200 euros grado 3), hasta que puedan acceder al mismo.
También aplicará para las personas que ya hayan hecho la petición y también estén en espera, que deberán solicitarlo mediante una instancia, aunque en los casos más acuciantes, el Govern prevé resolverlo con el PIA exprés.
Condonación de deudas
Ante las reclamaciones de pagos indebidos, se impulsará la condonación de los mismos y más allá de esto, se modificará el diseño de las prestaciones para evitarlos a futuro, y que no se reclamarán tampoco más cuando sea por error de la administración, como ha venido sucediendo, excepto en casos de mala fe.
Las situaciones en que se producían estos pagos indebidos y se reclamaban posteriormente eran, por ejemplo, en la revisión a la baja de la prestación correspondiente por mejoras en la situación económica de la familia o en el grado de dependencia, o que se abonaba un mes completo de la prestación tras el fallecimiento de la persona, y se reclamaban los días de diferencia.