Imagen de archivo de la Ciudad de la Justicia de Valencia
Condenan a un hondureño a siete años de cárcel por violar a una menor tutelada por la Generalitat Valenciana
El Tribunal rebaja la pena que pedía la Fiscalía al entender que el agresor no se aprovechó de la vulnerabilidad de la chica
La Audiencia Provincial de Valencia ha impuesto una pena de siete años de prisión a Michael G.M., un joven hondureño de 20 años, por un delito de agresión sexual con acceso carnal (vía bucal y vaginal) cometido con violencia e intimidación contra una menor de 16 años tutelada por la Generalitat Valenciana. El fallo se produce tras el juicio celebrado en la Sección quinta, donde el Tribunal ha considerado probada la agresión, pero ha rebajado significativamente la pena inicial solicitada por el Ministerio Fiscal, según publica Levante.
La Fiscalía pedía inicialmente trece años de cárcel al argumentar que el agresor se había aprovechado de la vulnerabilidad de la víctima. La joven, que conoció al condenado por Instagram mientras estaba interna en un centro de acogida de l' Horta, tiene reconocido un 39 % de discapacidad debido a un retraso madurativo, trastornos del desarrollo y alteraciones de la conducta.
Desestimada la vulnerabilidad
Sin embargo, el Tribunal ha desestimado la aplicación de la agravante, lo que ha supuesto una reducción de la condena de seis años. La sentencia esgrime que no se acreditó que el condenado usara su superioridad física, puesto que «la altura y complexión física de ambos jóvenes es similar». En la misma línea, considera que el agresor «difícilmente podía haberse percatado» de la discapacidad de la menor, ya que no se lo comunicó y el encuentro fue de una «duración temporal muy breve».
La resolución judicial añade un punto clave: la independencia y la experiencia sexual previa de la víctima evidencian que, «en términos jurídicos no era una persona especialmente vulnerable por razón de su discapacidad», una conclusión que ha marcado la diferencia en la tipificación final del delito.
La violencia ejercida en la azotea
Los hechos probados relatan que víctima y agresor quedaron en Valencia la tarde del 2 de abril de 2024 para conocerse. La menor acudió acompañada de dos amigas, quienes la esperaron mientras ella subía a casa del acusado. Durante el trayecto hacia la azotea, Michael G.M. comenzó a tocarle el culo.
Una vez en el rellano, la agresión se consumó con violencia: el joven la cogió del cuello, le tocó los genitales sin consentimiento y la obligó a hacerle una felación, propinándole previamente una bofetada. Posteriormente, la colocó de cara a la pared y la penetró vaginalmente, «sujetándola para vencer su resistencia» hasta finalizar.
La menor comunicó la agresión a la educadora de su centro dos días después, activándose de inmediato el protocolo de agresiones sexuales y la interposición de la denuncia. El Juzgado de Instrucción acordó el 3 de mayo de 2024 el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza del acusado, medida que se ha mantenido hasta la condena.
Un testimonio creíble y respaldado
El Tribunal no ha cuestionado la verosimilitud del testimonio de la menor, descartando la versión del condenado, quien durante el juicio celebrado en septiembre en la Audiencia Provincial, intentó insinuar que la denuncia respondía a un «despecho, venganza o resentimiento».
El acusado se declaró inocente y negó los hechos, afirmando: «Me di cuenta de que físicamente no era mi tipo y se ofendió porque la había rechazado». Sin embargo, la prueba documental lo desmintió: horas después de la agresión, le envió un mensaje a la víctima recriminándole que no le contestara: «¿No le gustó lo que hicimos o qué?», a lo que él alegó en la Sala que se refería a «fumar porros y a beber».
La credibilidad de la víctima fue reforzada por el testimonio en cámara Gesell y las declaraciones de las dos amigas que la acompañaron. Además, la directora del centro de acogida y la educadora social coincidieron en que la discapacidad de la niña «no le permite inventarse algo así, y mucho menos mantenerlo en el tiempo», respaldando la coherencia de su «relato lógico».